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OC IUS'IICIA NACIONAL

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CIVIL
Tomo 16 ID: fallos_16_400

Voces / Materias

PROPIEDAD

Texto del Fallo

OC IUS'IICIA NACIONAL 405 ....... ~--·kili- Rowio, Julio t7 de 1816. \'ialoa y conaiderando : 1 • Que por la eacrilura de f. 14 preMallda por el Dr. D. Nicaoor G. del Solar, repreaen- 13Die de loa derechos de au eapoaa D' Pulora Yoai11urria, coaall que el Redor del Cole¡io Nacional, 6 oomllr. del Gobierno de la !'\acioa J de t. ProYiaeia, hizo la eoa¡e- nacioa deltemoo de que ae !rala ea elle juicio, obligúdolot 6 la eYiccion y noeamieolo de él. :!• Que en consecuencia dichoa Gobiernos .tebeo eviacir y aaneor •1 terreno, ai on erecto confirieron, bien ó mnl, la autoriraeioa de vender : lo que no ea del caao ave- riguar ea •sta oeuioa, aial) cuando ellos sean cilado1 ll juicio. 3- Que por el art. iO, 111. t3, see. 3•, lib. 9- del C6- diJ10 Civil, el enajenanle deLe aalir 6 la defenaa del adqui. n'nle cilado por este, en el caao en que un lorcaro le dumudne la propiedad 6 poseaioo de la cusa ó cualquiera oolto Jerecho comprendido en la a4quiaici0n, ó lo turbase en el uso de la pro¡oiedad, goce ó poaeaion de lo con, lo •1uo precisamente ocurre ea cale .caao; ain que cau ley ¡ouo¡a ncepciua alguna reapeclo 6 la naturaleza del juioio que H enltibla y que produ1011 uaa lurbacioo; ao pudioodo ¡>er llolo el Juea diallocuir •• 1~ naluralaa de loa juicios cuudo l. loJ oo diaLiorue, ai h1cer eseepeiooea que la ley no ba hecho. , . Que t. obligacioD que produce la eviecioo ea iiMii· viaible, y puede por conaigui.ollle cleaaaaduae y opoaerae' cu1lquiera de loa eDII8111Riea, enlto loa cuales eatA el Gobierno de la Provincia.