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CA.lJS!l L lO: V

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 17 ID: fallos_17_393

Texto del Fallo

11& JUSTICI.o\ NACIONAL CA.lJS!l L lO: V CMranaa 11 Aguirrc contra el7't~oro N«iOIIal, por cobro de pes01. Sumarr·o.-1• El Ministerio llscal, cuando ejerc~ sus fun- ciones, c11m0 parte principal en un proceso, eatá sujeto 4 todas las obligaciones lmpuesla.• á los litigantes. t 2- Por lo mismo se halla sujeto' los términos estable· cidos por la ley de procedlmieutos t! Incurre en rebeldla no coutestundo la demo111dR dentro de ellos. :r Los jueces e•bln autorizados 1\ suspendet• la cl~clan· cion en rebeldia. y ordenar que el liligante sea nuevamente empluado cuando por fuena mayor no puede comparecer en el término del empluamiento. 4• El condenado en robeldla puedo solicitar la reacisioo de la sentencia por ausencia enfermedad grav~ ú otro acGl· denle semejante. r¡• Alo1JIIndooe por el M iniaterio n-cal que por cauaaa co- nocidas que no ba estado en su volunted el prevenirla• no pudo eapedirae en el término lepl. el jue~ no debe declarar la rebeldia, sino _su•taueiar y decidir la Muta con arreglo ' derecho. -.