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PALLOa llll LA SUPRIIMA COilft

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
PROCESAL_EVIDENCIA
Tomo 17 ID: fallos_17_468

Voces / Materias

COSA JUZGADA PROPIEDAD IMPUESTO

Texto del Fallo

Ut PALLOa llll LA SUPRIIMA COilft on canul ti~ tormenta 1\trave.tuulo subl<lrrllneamenw los lerrenos de D. Ocrónimo PerllZ que Liene en con\iuuacion de la calle de Gar!ly. :Je Que en vistn •le la resldlencia do esto señor, pura eousentlr en los trabajos y 1\ rulln de nouerdo sobro Cdllro- piacion. la comlsion venia en demandar ¡n•ra que su de- clare que es\abt1 obligado P~rez ti aceptar lt\ espropiation y dubil• veuir ni juicio de itnlomnizacion, fundándose on que aÍÍnqno no huy ley qúu huyu ordenado la os¡u'Q¡Jiacion es\:1 tleclnrada la ulilidac} ¡Júblicn de esas obras on la mencionada ley y en la rortna que se adoplalso en el plano aceptado por la comision. <!.• Que corrido truslatlo do ht d•mantla. D. Oerónitno Peruz ha sosleuido que oo cKI11b11 obligado,¡ venir al juicio de espropiacion. 1• Porqua no era uoa servidumbre ni ,fllil rulriccionus ftl derecho d~ propiedad que se habían impuosto en el Código en utilhlnd de los pro¡oietarloa vo· eino; 2- Porque unnquc usl no fuera solo el poder udmi· nistrntivo pudo itnponerle este ¡;ra~ámcn d su terreno y la MuniuipKiidad se negó oi hacerlo. hubicudo cosa juzgada cou 8811 resoluclon t¡ue no so IIIJCió. y nunlmente que la espropineion por uluun de utilidad ¡nihlicn, debía ser ea- litieada por ley y no so baiiKba en este wo, ni era no- eesarlll que al c.1ilo de torment11 pas~ por so~ terrenos. Y considerando: 1' Q.uo el derecho qua se invocu por la .:omlsion de Aguos Corri~ntos, no ¡medo conceptuarse una •crvhlurnbre que se constituye ünicamente en aer•i· cío de run.los colíduntos, ni se comprando entro las que lhnitu la propiedad por deruoho eomun qudtíenen el mismo Umitc.f¡o uUiidlotl de los terrenos adyacentes; y por lauto no pueden ser impuestos sin6 en \•irtud de lilnlos que no se tienen ni se alegan; 2' Que no puedo llevarse a electo h1 construccion dol