Comercio de la Provincia, quien babia librado al Juez de See-
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
CIVIL
Tomo 18
ID: fallos_18_319
Jueces
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Voces / Materias
PROPIEDAD
Texto del Fallo
Comercio de la Provincia, quien babia librado al Juez de See-
cion seis 6 siete oficios haci~ndoselo saber á los fines corres-
pondientes. Que Matti y Piera con el objeto de halagar á sus
acreedores, habían hecho figurar al referido vapor en su activo
sin hacer aparecer en el pasivo, deudas simulad&S 6 no, como
la de Reali.
Pidió se admitiera la formal protesta que formulaba contra
el embargo del referido vapor, cuyo embargo debía levantarse
prévia la eonstatacion del Tribunal de Qomercio, sobre la exac-
titud de los hechos en que funda su oposioioo.
Que ademas
el vapor no estllba en posesion do Matti ·y Piera sin6 de los
mandantes del esponeote, no siendo aquellos sinó arrendata-
rios.
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B~aeno. Aires, Julio 27 de 1878.
No refiriéndose la ley al autorizar el embargo de los bienes
denunciados por el ejecutante á la posesion de derecho y si
simplemente á la tenencia de la cosa que es de presumirse,
desde que el vapor e General Nazar » ha sido denunciado como
de propiedad de los Sres. Matti y Piera, cuyo hecho se lialla
ademas confirmado por haberles ofrecido como de su propiedad
en su acth·o, segun uno de los informes que se solinitan y no
pudiendo dictarse las provide!lOias que se solicitan sin que
antes medie demanda, que no hay, no ha lugar á lo solicitado
y devuélvanse. Repóngase el sello.
/ . .4lbarracin.
Notificado Doyhenard, dedujo revocatoria 6 en subsidio ape-
lacion para ante la Suprema Corte. Que Matti y Piera no te-
nian la poaeaion del npor, sin6 que, como anendatarios eran
pre~rioa tenedores de la cosa, y representantes de la posesion