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DI IUiftCIA l'fABIOl'fAL

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CIVIL
Tomo 18 ID: fallos_18_347

Voces / Materias

CONTRATO

Texto del Fallo

DI IUiftCIA l'fABIOl'fAL Slt Caso. - La discusioo y pruebas de esta causa esUo deta- lladas en el siguiente : J!alle •el .J u ea •e 8eeelea P~rani, Abril J8 de 1876. Y vistos: que esta causa ha sido iniciada por instancia del Procurador Fisral contra los Sres. Soage y Ca. del comercio de Concordia, por defraudacion de rentas fiscales, con la opcracion de haberse estraido cde depósito• ochenta y nuevo pipas do vino, simulando trasbordo, para exportarlas en car- ros e por tierra • con destino 1\ Paso de los Libres; y resul- tando que la gestion se baya basada sobre el informe de f. tO espcdido por ol Contador Fiscal de la Contaduría Gene- ral de la Kacion y que este so funda para acreditar y compro- bar el fraude cpor simulado trasbordo del artículo.» 1° En las declaraciones de f. 2 y f. 5 prestadas por el mis- mo Sr. Soaje y por su dependiente Rodal quienes, como se espone on el citado informe de f. i O y se repite en la deman- da fiscal de f. U, aseveran hechos cuyu posibilidad no puede concebirse en UI•.L casa de comorcio,- tales como: t 0 que no conocen ui saben quienes hayan sido los troperos dueiios do los Garros en que transportaron las ochenta y nueve pipas vino: 2' que tampoco so hizo contrato do fictamento y que ignoran el costo ,lcl Ueto, por no haber llevado cuenta de esa operaoion, y 3° que asímisrno el dependiente Rodal, no sabe á quien \'endió el vino en el Paso de lo:~ Libres; no obstante de asegurar, que lo rendió en depósito, circunstancia que de- biú precisamentl! ponerlo en el caso del articulo 356 de las ordenanza,s Aduaneras para no ignorar quien y en que forma debió haber hecho la \'Onta, si os que esta hubiera tenido lu- gar.