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D. Patricr'o

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CIVIL
Tomo 18 ID: fallos_18_356

Voces / Materias

CONTRATO

Texto del Fallo

• 380 f.lLLOI DI L.l IUPUIIA 001\'R e; A.l18 A. () LS 1 V. D. Patricr'o ~ttarUnez contra D. Manu~l Cire1, sobre nttlidad tle tm COillrato de a·rriemw Sumario.- to Las facultades conferidas al mandatario nun- ca deben entenderse en sentido contrario al interés y derechos del mandante. i" La facultad dada al mandatario de arrendar una oasa por el precio y condiciones que crea convenientes, con la cláusula de comunicarla al .poderdante que debia firmar la escritura, debe entenderse en el sentido do que el mandan- te se reserva el derecho do aprobar el contrato, y que sin su firma no puede este e1istir. - Ca~o . - D. Patricio Martinez confirió poder á D. Márco:; Leonard para que e contratase por el precio, t~rmino y con- e diciones que creyera convenientes una casa, altos · y bajus, e de la propi~ad de su esposa ]}& Eustaquia Rufino situa- e da en la calle Maipú, esquina.de Piedad N° 5i á 56, pro- e cediendo en tal caso á comunicar al otorgante, quien deberá e firmar la correspondiente escritura de locacion •· D. llarcos Leooard arrendó la casa á n. M.anuel Cirea es- pañol, y firmó el contrato poniéndolo en posesion.