D. Patricr'o
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
CIVIL
Tomo 18
ID: fallos_18_356
Voces / Materias
CONTRATO
Texto del Fallo
• 380
f.lLLOI DI L.l IUPUIIA 001\'R
e; A.l18 A.
() LS 1 V.
D. Patricr'o
~ttarUnez contra D. Manu~l Cire1, sobre nttlidad
tle tm COillrato de a·rriemw
Sumario.- to Las facultades conferidas al mandatario nun-
ca deben entenderse en sentido contrario al interés y derechos
del mandante.
i" La facultad dada al mandatario de arrendar una oasa
por el precio y condiciones que crea convenientes, con la
cláusula de comunicarla al .poderdante que debia firmar la
escritura, debe entenderse en el sentido do que el mandan-
te se reserva el derecho do aprobar el contrato, y que sin su
firma no puede este e1istir. -
Ca~o . -
D. Patricio Martinez confirió poder á D. Márco:;
Leonard para que e contratase por el precio, t~rmino y con-
e diciones que creyera convenientes una casa, altos · y bajus,
e de la propi~ad de su esposa ]}& Eustaquia Rufino situa-
e da en la calle Maipú, esquina.de Piedad N° 5i á 56, pro-
e cediendo en tal caso á comunicar al otorgante, quien deberá
e firmar la correspondiente escritura de locacion •·
D. llarcos Leooard arrendó la casa á n. M.anuel Cirea es-
pañol, y firmó el contrato poniéndolo en posesion.