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Pontis á la cuenta presentada por Villalobos, que le han sar-

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 18 ID: fallos_18_455

Texto del Fallo

FALLOS D& LA SUPREMA CORTE 5° Que en cuanto á las observaciones hechas por la parte de Pontis á la cuenta presentada por Villalobos, que le han sar- vido para fermular la contra-cuentn de f.. .. y qne so refiere á deterioros producidos en los ~bien es embargados por negli- jencia del depositario; á la falta de doscientas tres y media fa- negas de trigo; li la de los animal('s ,·acunos¡ á los intereses de valor de estas especies desdo el dia en que dohiú entregar- los¡ y fioolmonto á la produccion de la finca que calcula por Jo que pudo obtenerse con su arrendamiento¡ debe tenerse en consideracion, t• Que Pontis no ha justificado qu<' se le haya producido perjuicio alguno por bccbo ó t:ulpa del depositario como es de verse por la contostacion de su propios testigos tí la 3• pregun- ta del interrogatorio pro ·entttdo por su parto, de la cual u pare- ce que el último ha mantonido siempre con cuidado ol coche que se dice doll'riorado; sin que por otra parto resulte que este haya sido deruelto realmente en tul condicion; y r¡uo á esto se agrega que del auto de embargo corriente á f. G:illcl cspedieu- tc traído ú la ,.i ·ta aparece qu • los coreo .. Jc la linea ct uc tu m- bien se diceu ll«!tcriorados se hnllubun en mal t' ·tudo :ll tiempo del embargo, sin que por otra parte Pontis haya justificado que el incendio ó quemazou do una parte de ello:; haya sido por culpa de Yillalobos. 2, Que ~1 Cl-dl.'positario hu mauifrstado desde su contestas cion á la dcm1mda ctuo todo el trigo omburgado, cuya falta sir- ''e de fundamento á la t• partida Jo la cuenta de f.... á cscop- cio. de t.rl'inta y dos y m odia fanegas q u o enusenó para atender :1 los gastos de conscrvacion de los demás hil'ncs, esta- La en especie ;Í dispo icion de Poutis, quien ha rcsb;tiJo reci- birlo¡ y consta adcmas del acta de desembargo corr ioutc á f. ... y del recibo judicialmente reconocido á f.... que si diclio trigo no fué entregado en el acto do Yorificarse aquel, fnó debido aolo á una circunstancia imprel'ista, y no imputable al deposi-