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Sun&IIA COI\U

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 19 ID: fallos_19_142

Jueces

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Texto del Fallo

U6 FALLOS D& U Sun&IIA COI\U tercero dia, bajo el apercibimiento de lo dispuesto por el artí- culo fO de la ley de procedimientos. Les OOOCf!fJi9 en seguida el término de ~ horas que espi- raron t. las dos de la tarde del dia f8 de Noviembre de f876, habiendo sido presentadas las oópias de los documentos el mi~o dia á las tres.de la tarde. Con un certifica,lo del actuario, y la acusacion de rebeldía por parte de lU~ actores, se dictó el siguiente : Walle •el tl•e• 8eeeleaal. Buenos Aires, Noviembre 21 de 1876. En rista del certificado del actuario y no habiéndose cum- plido con lo prescripto en el artículo 1° de la ley de Enjuicia- miento, se declara·en rebeldla que los demandados no pueden hacer valer en esta causa, los documentos á que se refieren en la contrademanda, y que no acompañaron con ella,- no haciéndose lugar 1i la cópia solicitada por cuanto estaba ex- cepcionándose en hl contrademanda. Repóngase el sello. · Albarracin. ...... .. .. ·····-· ., .... Buenos Airea, Juio 00 de 1877. Vistos: No siendo el t6rmino acordado por el Jaez ti }¡¡ parte de Nevares para presentar documentos, de aquellos á que se refiere el artículo doce de la ley de procedimientos: no siendo fatal ese término por derecho; y bastando las cópias