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DI IIJ8TICIA INAdOJIW.

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 19 ID: fallos_19_155

Texto del Fallo

DI IIJ8TICIA INAdOJIW. f59 t!AIJ8A. LIIJJJ. D. Juan Melis contra D. /O$é Ratio, por cobro de pesos .. Sumario.-to El crédito por provisiones suministradas á un buque se prescribe despues del aiio de la última entrega y quince dias de permanóncia del buque en el puerto. 2<' La entrega de una cosa mediante precio, constituye com- pra-venta. 3° El perjurio para surtir los efectos legales, debe ser pro- bado }llenamente y no deducirse do meras presunciones. Caso.-El caso se halla espueato en el siguiente: · Ealle •el .laea 8eeeleaal. Duenoa Airea, Febrero 21 de 1877. Vistos estos autos seguidos por D. Juan Melis contra D. Jos6 Ratto por venta de un cargamento de piedra y contrademanda por provisiones, y do que resulta: to Que en Julio de t875 fué descargado y entregado á Ratto el cargamento de piedra para empedrado e de la Ciudad de Ca-