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DE JUSTICIA. NACIONU

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 19 ID: fallos_19_305

Jueces

Costa

Voces / Materias

ADUANA COMPETENCIA DELITO

Texto del Fallo

DE JUSTICIA. NACIONU con los que se pidió reembarco d·c 'as mercaderías, y que dichas mercaderiás fueron al almacen do Cichero en lugar de reem- barcarlas como st> babia soJic,itauo. Cerrado el sumario que fué ampliado ante el Juez de Seccion, se dió vi:;ta al Procurador Fiscal, quien pidió contra Cichero la pena de comiso de las mercaderías. Dijo que este hubia confe.sado .que c11rnrg6 el despacho tí .P1azu de las mercancías á un , eiior Crvallos cnJO noml>re ignora; que confiesa tambien c¡ue recibió las mercancías ; que l'l <:anicter eu t¡ue había intcrvcniJo Centll·•S habia sido el de dependiente d(• t'ichero, quien estaba por consiguiente obligado por lo;;: actos de aquel. Corrido traslado, D. Ct1rlos KcoUi por Cichcro promovió urf i- culo de incompetencia. Dijo que el ,Juez de Keccion no podill conocer de asuntos pu- nnuen te ndministratiros; que el .L\dmini. tmdor de Rentas era el Juez prhafivo de la cau st~. no pudiendo esta ir ú la justi(·in. ordinaria sinó en grado t.le apelacion. Corrido traslado del articulo el Procurador Fiscal contestó rtue en la causa se trataba do dos delitos, el de contrabando y el de falsificacion r¡ue deben ser falladns simult1ineamente por el Jue2 do Seeoion qtae es el competente st>guu el artícu1o ·H26 de las Ordenanzas ; que ademas, habientlo salido de la Aduana las mercaderías en cuestion, el Administrador no puede conocer de la causa segun la ley, pues que carece de los nl<'dios de ha- cer cumplir su resolucion. Pidió se rechazara el artículo con costas. !Falla ••• oluea de 8eeelaa Buenos Airt>s, Julio 2·1 de 1877. Autos y vistos: por lo espuesto por el Procurador Fieal en