FAI.I.OS llE 1..\ SUPI\EM,\ f.OilTt:
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
COMERCIAL
Tomo 19
ID: fallos_19_452
Jueces
Barra
Costa
Voces / Materias
BANCO
Texto del Fallo
456
FAI.I.OS llE 1..\ SUPI\EM,\ f.OilTt:
;\, ltallnrse limitadtt á los tres seiiorcs presentados dire(•ta-
m«.>ntl'.
Por estas consideraciones fttllo, declarando no estar justifi-
rada la personalidad de los seiiores Sonillosa, Mezquitn y Coho
para deducir la presente demnnda contra el Banco~ aeional, en
In forma deducida, con costas, y sin perjuicio ¡1ara que bagan
valt•r sos derechos persom\.les en la forma que corresponda.-
Repónganse Jos ~e' los, hó~aso saber cou el original.
/:~ido ro A lbarracin.
ll11cnos Aires. Oiciclllbrc 1• rle 1871.
Vistos : por sus fundamentos se confirma el auto apell\do Ul'
foja noventa, y dándose por limitada l:t demand:l al drrecho
personal de los demnnd1mtes seiiores Cobo, Senillosa y Mez-
quita, devuél\'ase al.Juez de scccion para que lo sustancie con
arreglo ti derecho. Satisfligansc las uostas y repónganse lus
sellos.
J . B. GOROSTIAGA. -
J. DOMINGUEZ.
-
S. 11. LAiPIUR.