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SUPUJI.l CORTE

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 20 ID: fallos_20_5

Jueces

Costa

Voces / Materias

IMPUESTO

Texto del Fallo

tO FALLOS DE U SUPUJI.l CORTE in.Tocada conforme al artículo 45! de lu Ordenanzas de Adua- oa, no es aplicable al pago de derechos que se deban por artí- culos que no aparecen despacbados, y que para estos solo hay que estar á las leyes generales que consagran un tiempo mayor que el invocado para que se prescriban los créditos é impuestos fiscales, fallo no haciendo lugar á la cscepcion opuesta por el Sr. Delcalzi, ordenando en consecuencia llenr adelante la eje- cocion basta hacerse el pago efectivo del capital, intereses s costos que se cobran, con costas. -Repóngase el sello. Isidoro .tlharracin. De este auto apeló el ejecutado y el n•curso se le otorgó en relaoion. • .... ::•· •• ····~-· «;••••· Buenos Airea. Enero 19 de 1878. Vistos, por sus fundnmentos, se confirma con costas el auto apelado de foja Teinte y nueve •uelta, satisfechas las de l:l instancia y repuestos los sellos, devuélvanse los autos. J. B. GOROSnAGA.- J . UOMINGliEZ.- ti. M. L.lSPIUR. ---... ..... Q ... o« e