SUPREIIA. CORTE
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 20
ID: fallos_20_183
Jueces
Mendoza
Voces / Materias
ADUANA
DOMINIO
Texto del Fallo
t90
FALLOS DI U
SUPREIIA. CORTE
de materiales despues que dicho bif'n ha pasado al dominio do
un tercero seria restablecer las hipotecas tácitas, contra las dis-
posiciones del Código vigente.
Por estas consiclcraciones, y por los fu ndamentos MI auto
apelado, se confirma rstc con cos ta~ . Snti.:fcchas las de la ins-
tancia y repuestos los sello..;, devul-h·anse.
J . 8 . COROSTIAG,\ . -
J . DOMINGUEZ.-
O. LEGtJZ,UIOl'C.- ULADISLAO FRIAS.
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D. CárlN .H. l'alifto conlrtt la . .tduana, sobre enb·eya
d{! mercaderías.
Sumario. -
Los reclamos sobre nt (lrcn dt~ría s perdid:ls ó hur-
tadas do l<•s depósito de ~duana, deben hacerse ante el Ad-
ministrador, presentándose los consignatarios ó duciios de
ellas, por escrito y acompañando la cuenta de su nlor.
Ca1o.- En el mes de Abril de t877, existían en la Aduana
de Mendoza t7 bultos de mercaderías que babian sido introdu-