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Habiendo fugado Davalá fueron rematados los mencionados

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
COMERCIAL
Tomo 20 ID: fallos_20_235

Voces / Materias

BANCO COMPETENCIA QUIEBRA CONCURSO

Texto del Fallo

ttt FALLOS DB U S1JPIWIA. CORTE . Habiendo fugado Davalá fueron rematados los mencionados buques, y no alcanzando su precio á cubrir los créditos, los acreedores convinieron en repartirlo (ltl ul "'~.z~n de preferencias establecido por el Código de Comercio. Los acreedores Badaraco é hijos, dedujeron tercería de mejor derecho sQbre el crédito de Pini y Roncoroni hurmanos, y se siguió sobre esto un juicio ante el Jue~ do Ser.cioo, el cual fué ' fallado no haciendo lugar á la torcería y declarando personal contra Davalá el crédito de Bndaraco é hijos. Ejecutoriada esta sentencia, D. Juan D. Maglioni por Bada- raco é hijos se presentó ante el Juez de Comercio esponieodo que cuando Davalá hipotecó los buques ya estaba quebrado, lo que hacia nula la hipoteca; que el procedimiento seguido auto el Juez de Seccion era irregular por cuan•o producido el con- tlli'SO de acreedores del prófugo Davalá, el Juez de SP.ccion era incompetente para conocer en ese juicio universal, sin que en ningun caso pueda decirse que hubo prorogacion de jurisdic- cion, porque la justicia nacional es improrogable sobre pérso- nas y cosas ajenas á ella, aun c~ando las partes convengan en la prorogacion. Que sobre el punto de la incompetencia del Juzgado Nacio- nal para conocer en los juicios de concurso, hay jurisprudeni!ia establecida por la Suprema Corte en el caso del concurso de D. Juan José Mcndez con el Banco de Italia y R.io de la Plata. Pidió se dictara auto de quiebra contra Davalá y so librase oficio al Juez de Seccion para que se inhibiera do seguir cono- ciendo y remitiera todos los espedientcs á la oficina del actua- rio. A esta peticion se adhirieron los acreedores D. Angel Ba- nasco 'Y D. Vicente Casares é hijos. Davalá fué llamado por edictos para que concurriera á dar esplicaciones sobre sus negocios y no habiendo comparecido, fué declarado en quiebra .• En este estado el sindico provisorio esposo que siendo el