Fü.LOS DB L~ SUPUIIA. CORTE
Sin fecha
|
Corte Suprema de Justicia de la Nación
CIVIL
Tomo 20
ID: fallos_20_321
Jueces
Costa
Voces / Materias
PROPIEDAD
Texto del Fallo
Fü.LOS DB L~ SUPUIIA. CORTE
tes de f .... á f •... y el plano de f .... en el cual aparece u bi-
cado el campo en cuestion efectivamente al costado Sud de la
Estancia de eAncon~ y en el ángulo interno que forman los ríos
en el mismv plano se asignan con los nombres de e Santa
Clara~ y las eTnnas~. ~gregando que esto último determina
con su curso la linea divisoria de su propiedad por el costado
enunciado.
El demandado, contestando, ha sostenido á la yez la propiedad
del terreno demandado, fundándose en que es el rio e Santa
Clara~ y no el de las e Tunas ~ el limite divisorio de sus pro-
piedades, y ha acompañado en su apoyo el título corriente á f .. .
Con estos antecedentes la causa se abrió á prueba sobre la
propiedad del terreno disputado y valor de los usufructos y da-
ños cobrados.
Y considerando.-to Que segun resulta de los documentos
acompañados en calidad de prueba por el demandado, su ante-
cesor Don Juan !lartinez de Rosas, compr6 en el año t773 en
remate p6blico á la Junta Municipal de Temporalidades de
esta ciudad la Estancia conocida con el nombre de la de e Ar-
riba ~ , situada al costado Sud de la de e Ancon ,. de propiedad
del demandante, teniendo por límites por ·la parto del Norte el
punto conocido con el nombre de eTambillos~ . ubicado, segun
lo reconoce aquel, á la orilla izquierda del rio denominado
«Santa Clara~ y los nacimientos de este mismo rio en la Cor-
dillera.
~ Que contra el mérito de estos documentos que se oponen
desde luego á las pretensiones de propiednd del demandante en
la loma en cuestion ha hecho valer este:
to El resultado de una mensura y division entre los ex-pro-
pietarios de la Estancia de eAncon, practicada el año t728,
en la·eual se dice que el límite de esta Estancia por el Sud es
el rio de las e Tunas».
20 La operaeion practicada al darse posesion de la Estancia