DE JUSTICIA NACIONAL
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
CIVIL
Tomo 20
ID: fallos_20_420
Voces / Materias
PROPIEDAD
CONTRATO
QUIEBRA
BANCO
COMPETENCIA
CONCURSO
Texto del Fallo
DE JUSTICIA NACIONAL
t1l y siete pesos fuertes; cuarto, que hecho el depósito del pre-
cio, el comprador pidió !JO intimase á Fontana hermanos y
f :ompaiiía, entregaran la máquina, objetando estos el derecho
de retencion que entendían ejercitar, si no se les abonaba la
suma citad.a; quinto, que llamados los interesados l. compa-
rendo se convino entre otras cosas, en que ·se separase para
los hermanos Fontnna la suma Jnencionada, entregando estos
la máquina; semto, que despuos do estas actuaciones, el Juez
do Scccion recibió un oficio dtd de Comercio de esta Provincia
pidiéndole la remision do las ejecuciones, y el embargo a1 su
6rdcn del precio del vapor uCisne• por ser él el Juez compe-
tente como Juez del concurso de .Matti y Piera; séptimo, que
el Juez do Seccion sostuvo su competencia por corresponder
las ejecuciones citadas al fuero federal ratione materice1 y
aparecer el vapor cCisne• de la propiedad del Banco Mercan-
til, y no de l\Iatti y Piera ; ockwo, que en esto catado de coaas
ó insistiendo cada Jaez en su competencia, los señores Fontana
hicieron presente que habían entregado la máquina, y pidieron
la entrega de los mil trescientos setenta y siete pesos fuertes,
convenidos, á lo que el Juez do Seccion accedió por auto de foja
doscientos cincuenta y cuatro vuelta, que fué apelado por el
~índico del concurso, dospues de hecho el pago.
Y considerando en cuanto á la apelacion do edte auto: Primero.
Que la vontR del vapor cCisno• fuó ordenada y aprobada por
Juez competente, antes de la declaraoion de quiebra, siendo
reconocida su validez por el Juez de Comercio, quien se limitó
I'L pedir el precio del vapor, y no el vapor mismo.
Segundo. Que la venta se hizo do todo el vapor, inclusive la
máquina, que se hallaba en el taller de Fontana hermanos y
Compaiiía, por complllsturas practicadas en ellu, cuyo hecho no
ba sido contradicho por el apelante.
Tercero. Que como el comprador tenia derecho 1\ exigir la en-
trega de la máquina en cumplimiento del contrato de compra,
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