← Volver a resultados

OE JUSnCIA tUCIOtUL

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 22 ID: fallos_22_12

Jueces

Don Marianó

Texto del Fallo

OE JUSnCIA tUCIOtUL t7 vencion, so revoca. el auto apelado; y satisfvcbas las costas de la instancia, vuelvan estas actuaciones al Juez de Seccion ¡1ara que conozca y resuelva conforme li derecho. J. DO!IIINGUEZ.- O. LEGUIUIION. - S. M. USPIUR. "A.118A. 111 Don Francisco Cou.m'o contra el Dr. Don Marianó lleascochea, sobre cobro de pesos. Sumario.- Reconocida la accion, el demandado debe ser condenado al pago, si no prueba la escepcion que opone. Caso. - El caso se halla csplicado en el siguiente Falle •el .laea 8eeeleaal Buenos Airea, Octubre lá do 1879. Vistos estos autos iniciados por Don Francisco Coussio contra Don Mariano Beascochea. sobre cobro de uoa cuenta y conside- rando: