DE JUSTICIA lUClOl'fAL
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 22
ID: fallos_22_36
Voces / Materias
RESPONSABILIDAD
Texto del Fallo
DE JUSTICIA lUClOl'fAL
dor se tachen de indebidos, desdo que estén hechos, y lo hayan
sido bajo la direccion del depositante.
Caso.-El caso su halla osplicado claramente en el siguiente
llendo1.a, Jonio 28 de 18i0.
Yi to · estos aut o' seguidos entro D. Felipe Correas, por
una parto, y D. U ahricl l 'orne · por la otru, sobre cobro de
cantidad de pesos que el primero hace al cgundo.
Uosult.a de su ex1imeu: 1 o Que con fecha t o de Ago ·to de
i800 hallándose pendiente nnte este Juzgad.o ~acioual un jui-
uio cutre O. L:ujcnio llustos y D. Claudio Mantcrolu, sobre co-
bro de dai1os y p<>rjuicios que el primero demandaba al segundo,
D . . Felipe Correas que diriji!l.¡en Qalidad de abogado al tHtimo,
celebró con el apoderado del mismo, D. fermin Corroa, el
convenio á que so refiere la copia de foja i" tomando sobre
si toda la responsabilidad de los resultados de dicho pleito,
mediante la adquisirion de los derechos y acciones que en H
pudieran corresponder á llantcrola; y se obligó para garantir
á esto, á cuyo nombre dl;!bia continuar y finalizarse el litijio,
ó depositar á la 6rden del apoderado enunciado los valores que
detalla la misma cuenta de foja i (l.
2" Que dos ailos despues prhimameutc, 6 sean en las fechas
que consigna el documento de foja i2 se hizo entrega por el
mismo D. Felipe Correas á D. Gabriel Fornes, fiador en el jui-
l;io por Mnnterola do los vnlores que ol mismo documento de-
talla cspresándose en ól que la cnt.rcga se haría por D. Felipe
e }Jara garantir á Jl~ornes de los resultados de esa fianza, cu