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FALI.OS DE I,A SUI'REM.\ CORTE

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CIVIL
Tomo 22 ID: fallos_22_93

Voces / Materias

PROPIEDAD

Texto del Fallo

98 FALI.OS DE I,A SUI'REM.\ CORTE 2~ T.ns scr\"ic.io pn•stados :í un amigo en l'poc,,s de lulllarsc t·nfcrmo, d:índolc l'asa y a i ·tf'ncia, no dan acdou para cobntr ~; u importe. Caso.- e halla e ·plic:ulo en el · iguicnte McnJoza, F.ncro 2.2 do 1 ~79 . \' i ·tos: lJon Alejandro .Ficury deduce demanda contra. n on .lunu Laciar por In disoluciou y cor[(• pondicnte liquida<"ion de una asocincion que dice se formó entre ambo· á mediados del nito t875 para la esplotacion de una tropa de carros tí mula, y por el abono ndeouis do cicnt(l cuar<'nta y un peso boli,·iano r¡ue t' puso haber sumini trado iL la familia de ditbo Lnciar por l.'n- ~:a rgo del tnisruo. l~ l demandado, de. pues de neg1tr complehunento los hechos de la demanda, deduce rectw,·euciou contra el demandante por la suma de mil dento no\'enta y SC'is pesos ( HOO ) por razon de alimento r sen·icios que dice prc tados al mismo en los tGrminos est1Lblccido por la cul'nta de foja ·18. ~ cgado á la vez por el demandante e. te crédito, diciendo ·er falsas todas las partidas de la cuenta enunciada á cscepcion de la que se refiere al nlor de un poncho de propiedad del rcconri- niente que espresa tiene en u poder y del cual dice puede aquel disponer desde luego, la causa fu ~ abierta 1\ prueba sobre la rerdad de la demanda y rcconvencion y Con ~ i<lernnd o: tn Que no la han produrido completa, ni el de- mandante de n demanda, ni el reconrinicntc de su reconrcncion. 2" Que por lo que r(.lsprcta á la demanda, en ('fccto, SQn d<'l fotlo insuficientes las tínicas circunstancia.; r¡n · nparct·e:n ju·ti- {i(·adas de haber !>ido Yi:;lo el demandant e JIOT alguna por · ona ~