FALI.OS DE I,A SUI'REM.\ CORTE
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
CIVIL
Tomo 22
ID: fallos_22_93
Voces / Materias
PROPIEDAD
Texto del Fallo
98
FALI.OS DE I,A SUI'REM.\ CORTE
2~ T.ns scr\"ic.io pn•stados :í un amigo en l'poc,,s de lulllarsc
t·nfcrmo, d:índolc l'asa y a i ·tf'ncia, no dan acdou para cobntr
~; u importe.
Caso.-
e halla e ·plic:ulo en el · iguicnte
McnJoza, F.ncro 2.2 do 1 ~79 .
\' i ·tos: lJon Alejandro .Ficury deduce demanda contra. n on
.lunu Laciar por In disoluciou y cor[(• pondicnte liquida<"ion de
una asocincion que dice se formó entre ambo· á mediados del
nito t875 para la esplotacion de una tropa de carros tí mula, y
por el abono ndeouis do cicnt(l cuar<'nta y un peso boli,·iano r¡ue
t' puso haber sumini trado iL la familia de ditbo Lnciar por l.'n-
~:a rgo del tnisruo.
l~ l demandado, de. pues de neg1tr complehunento los hechos
de la demanda, deduce rectw,·euciou contra el demandante por
la suma de mil dento no\'enta y SC'is pesos ( HOO ) por razon
de alimento r sen·icios que dice prc tados al mismo en los
tGrminos est1Lblccido por la cul'nta de foja ·18.
~ cgado á la vez por el demandante e. te crédito, diciendo ·er
falsas todas las partidas de la cuenta enunciada á cscepcion de la
que se refiere al nlor de un poncho de propiedad del rcconri-
niente que espresa tiene en u poder y del cual dice puede aquel
disponer desde luego, la causa fu ~ abierta 1\ prueba sobre la
rerdad de la demanda y rcconvencion y
Con ~ i<lernnd o: tn Que no la han produrido completa, ni el de-
mandante de n demanda, ni el reconrinicntc de su reconrcncion.
2" Que por lo que r(.lsprcta á la demanda, en ('fccto, SQn d<'l
fotlo insuficientes las tínicas circunstancia.; r¡n · nparct·e:n ju·ti-
{i(·adas de haber !>ido Yi:;lo el demandant e JIOT alguna por · ona ~