← Volver a resultados

Corlt, Riva y C•, co11tra IJ. Juan A'rbuco, por cobro t•jccull'vo de

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 22 ID: fallos_22_99

Texto del Fallo

t04 FALLOS DE LA SUI'I\EMA COI\TE Corlt, Riva y C•, co11tra IJ. Juan A'rbuco, por cobro t•jccull'vo de pesos. Sumario.- En el caso en que un deudor, dcspucs de celobrado concordato judicial, sea demandado por un acreedor y conde- nado á pagar la suma íntegra por no haber opuesto la existencia del concordato, la quita ó espera procedente de este no puedo ya oponerse contra la ejecucioo de la sentencia condenatoria. Caso. -Se comprende al leer el Bucrlos Aires, Julio 22 do 187~. Vistos estos autos ejecutivos seguidos por los Señores Curtí, Rh·a y C• contra D. Juan Arbuco, como dueño de la goleta e Estanislada ,., y considerando: t 0 Que la presente ejccucion tiene por uhjcto dar cumpli- miento á la sentencia do foja 83 llOr la que se coutlenaba al , 'c- ñor Arbuco, como propietario de la u J•:stanislad:! •, ;i pagar á los