F.U.LOS DE LA StJPREIIA CORTE
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
COMPETENCIA
Tomo 22
ID: fallos_22_107
Jueces
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Voces / Materias
COMPETENCIA
SOCIEDAD
Texto del Fallo
F.U.LOS DE LA StJPREIIA CORTE
Falle •el .luea 8eeeleaal.
Buenos Aires, Noviembre 12 do 18i9.
Y vistos : en lo rolr.tivo á las escepciones dolatorias, de in-
competencia del Juzgado y defecto legal, en el modo de propo-
ner la demanda, alegadas por el demandado y considerando:
Que el Sr. Carreras no ba negado que sea estrangero y r¡ue
el demandante sea nad onal, y r¡ne habiendo este último com-
probado estos hechos, os lo suficiente para que quede estable-
'cida la competencia por r •• zou de las personas, no ha lugar á
la i n compet~n ci a deducida, y
Considerando: o u lo rolat i\·o al defecto legal en el modo de
proponer la demanda, que es juri prudencia constante estable-
cida por repetidos fallos do la Suprema Corte que esta escep-
cion solo puedo fundarse en la omision de alguno de los requi-
sitos prescripto por el articuio 57 do la Ley de Procedimientos,
que el demandante ba llenado debidamente, tampoco ha lugar
:\ dicho es<'cpdon, y en su consecuencia, contéstcsc por el de-
mandado el tra ·lado do la demanda, en el término legal, con
costa .
~ otifíqueso original y repóngase el sollo.
Isidoro ,tlbarracin.
•·ane •• la 8up•••• l:e•te
Buenos Aires. llarzo 16 de 1880.
Hosultando C) u e no so la a nrgado por parto de Don Ernesto do
las Carreras haber dejado de existir la sociedad Emilio Cabal
y compaiiía de que hacia parte: constando 11demás este hecho en