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F.U.LOS DE LA StJPREIIA CORTE

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
COMPETENCIA
Tomo 22 ID: fallos_22_107

Jueces

Barra Costa

Voces / Materias

COMPETENCIA SOCIEDAD

Texto del Fallo

F.U.LOS DE LA StJPREIIA CORTE Falle •el .luea 8eeeleaal. Buenos Aires, Noviembre 12 do 18i9. Y vistos : en lo rolr.tivo á las escepciones dolatorias, de in- competencia del Juzgado y defecto legal, en el modo de propo- ner la demanda, alegadas por el demandado y considerando: Que el Sr. Carreras no ba negado que sea estrangero y r¡ue el demandante sea nad onal, y r¡ne habiendo este último com- probado estos hechos, os lo suficiente para que quede estable- 'cida la competencia por r •• zou de las personas, no ha lugar á la i n compet~n ci a deducida, y Considerando: o u lo rolat i\·o al defecto legal en el modo de proponer la demanda, que es juri prudencia constante estable- cida por repetidos fallos do la Suprema Corte que esta escep- cion solo puedo fundarse en la omision de alguno de los requi- sitos prescripto por el articuio 57 do la Ley de Procedimientos, que el demandante ba llenado debidamente, tampoco ha lugar :\ dicho es<'cpdon, y en su consecuencia, contéstcsc por el de- mandado el tra ·lado do la demanda, en el término legal, con costa . ~ otifíqueso original y repóngase el sollo. Isidoro ,tlbarracin. •·ane •• la 8up•••• l:e•te Buenos Aires. llarzo 16 de 1880. Hosultando C) u e no so la a nrgado por parto de Don Ernesto do las Carreras haber dejado de existir la sociedad Emilio Cabal y compaiiía de que hacia parte: constando 11demás este hecho en