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En un otrosí pidió en garantía de sus derechos y e~ atencion al

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 22 ID: fallos_22_115

Jueces

Barra Costa

Texto del Fallo

tiO FALLOS DI LA SUPRIMA CORTI ' las prescripciones del artículo 5t t del Córligo de Comercio. En un otrosí pidió en garantía de sus derechos y e~ atencion al tiempo qoe podía dorar la "uestion, invocando el artículo 302 del Código de Comeroio, el nombramiento de un interventor para que nlase é inspeccionase los libros y demás intereses sociales prol)oniendo para ello á D. Augusto M. Ventury. El Juzgado resolvió lo siguiente: Buenos Aires, Febrero 19 de 188C.'. Y vistos: siendo definitivo el auto recurrido no bt\ lugar á la revocatoria-y concédese en relacion el r!!curso de apelacion interpuesto, y rcmitanse los autos en la forma de estilo. Repón- gase el sello. A lharracin. La parte de de las Carreras, una vez notificada esposo que en el auto anterior nada se babia proveido con rel~oi on . a\. lo 11udidó • . . . en el otrosí del. V.Jtimo. ~soritO';· lo que recordaba al Juzgado .•. para que resolviese con arreglo á lo solicitado. En un otrosí pidió se.• le t..uviese por adherido á la apelacion concedida á Broce por lo que se refiere á las costas del inci- dente. Buenos Airee, Febrero 21 de 1~. Eo lo principal como se pide y al otrosí por adherido. A lbarracin. Bruce apeló de este auto en las dos partes que contiene, fun- dado: toen que el Juzgado se babia desprendido do la jurisdic- cion de los ao~os cuando se pre~tentó el último escrito; ~ en que el Juzgado nombra interventor en 1~ casa de negocio del espo-