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D& IUITICU ftACIOUL

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 22 ID: fallos_22_198

Jueces

Costa

Voces / Materias

ADUANA

Texto del Fallo

D& IUITICU ftACIOUL poni,ndola al estado de sumario, la instruya 1 resuelva con arreglo á derecho. Dispone tambien que se paguen las costas 1 se repongan loa sellos pr,viamente. l . B. COI\OSTIACA. -1. DOIIIftGDU.- O. LECUIZAIIOft.-ULADUILAO FRIAS. - S. 11. USPIUR • • () .A.I18.A. L 1 'Y El Filco Nacional, oontra Seh/meyer y Yogl, 1obre escuo de valor en la manifestacion de un01 impermeables Sumario. t•,-Laa diferencias en calidad que excedan de la tolerancia prevista por el articulo t!S de las Ordenanzas de Aduana, son condenadas con el pago de dobles derechos. jo' La ignorancia de las leyes, r el error que no ea nidente é imposible de pasar desapercibido, no escosa. 3° El Administrador de Rentas debe fundar sus decisiones.