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F 41.&.01 D& LA SUPUIIA COI\TB

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CIVIL
Tomo 22 ID: fallos_22_217

Jueces

Barra Costa

Voces / Materias

CONTRATO RESPONSABILIDAD

Texto del Fallo

- F 41.&.01 D& LA SUPUIIA COI\TB tíoulo último del contrato ; que á ser legal la eseepcioo, ella envolveria un cargo grave contra el Directorio del Ferro·Carril que hizo un contrato que eontenia responsabilidades grana con un individuo que carecia de responsabilidad y de domici· lío ; que dicho ~ntrato justifica además que el contratista tiene responsabilidad y un fiador constituido en toda forma. Finalmente que el espooeute ha justificado que Langan es estranjero e1híbiendo un certificado en forma del Consulado Inglés en Buenos Aires. Pidió se rechazaran con costas las escepciones opuestas. 1 Fall••••••••••he•l•• Bueno• Airee, Abril 9 de 1880, Y vistos: de conformidad en un todo con los fundamentos aducidos en ol precedente escrito, no ha lugar con costas á las escepciones propuestas y contéstese derechamente á la demanda. Repóngase el sello. Isidoro Albarracin. De este auto apeló el representante del Ferro·Carril y el recurso se le otorgó en relacion. Buenos Airee, Seliembre 14 de 1880. Vistos: por sus fundamentos, se confirma, con costas, el auto apelado de foja cuarenta; satisfechas las de la instancia y repuestos los sellos, denélvanse. 1. B. GOROSnAGA. -1. DOMUIGVIZ. - O. LICVIIAMON. -UL4DI8L40 FBI.l&. -1. M. LAIPIUA.