DE JUSTICIA I'CACI0!'4AL
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 22
ID: fallos_22_352
Jueces
Costa
Texto del Fallo
DE JUSTICIA I'CACI0!'4AL
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El .Juez manrló que se ·le tu,•iera por parte.
La purte de Garcia pidió se rechazara la personería de Font;es
y se le condenase en costas, promoviendo artículo de préYio
pronu nciumiento.
Dijo que eu el podet presentado no constaba que Yiera fuera
Presidente de 111 Municipalidad de Victoria; que segun el ar-
ticulo 8", título /Je las escrituras ptiblicas, Código Civil, es nula
la escritura pítblica otorgada en representacion de otros, cuando
no se trascribe el documento habilitante ; que en esl-: caso ha
debido trascribirse en t'l poder de Fontes el título en virtud del
cual dice Viera ejercer la presidencia de la municipalidad.
Se corrió traslado á M. de Fontes qnien presentó nuevo po-
der en que se trascribe una sesion de la ~luni cipalidnd de Yic-
toria bajo la presidencia del . r. Viera, en la que se autoriza al
Presidente parr que nombre un representante en la cuéstiou
sobre honorarios promovida JlOr D. Manuel Garoia y dicho
J~ r C'<~ id c nte invocando esa facultad nombra como procurador á
D. Manuel M. de 1-'ontes. Dijo (ille el primer poder era bastante
pu<'sto que el €soribano daba fé de que conocía á D. Olayo
Yiera como presidente de la Municipalidad, lo cual por otra
parte era público y notorio: que la Ley de Municipalidades de
l<\ Provincia dá al Presidente facultades para representar á la
corporacion en gestiones de esta naturaleza; que en Jos mismos
nutos en que Garcia ha devengado los honorarios que cobra,
rE>conoce como presidente de la Municipalidad al Sr. \'iera; que
de todos modos las observaciont>s del contrario quedan sin
efecto con la presentacion del nut>v<• poder.
Antes que el Juez rtJsolviese la parte de Oarcia obsrrvó qm'
el Escribano que babia estendido el 1'dtimo poder no csprcsaua
que hubiese tenido ú la Yist;l el libro de 11ctas. y que no con·-
taba tampoco que se lo hubiese puesto de manifiesto <'1 acta de
la sesion en que bubiem sido nombrado pre¡¡if'!cntc D. Olayo
Yinn.