Dt IVSTICIA fiiACIOIUL
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 22
ID: fallos_22_398
Jueces
Costa
Texto del Fallo
Dt IVSTICIA fiiACIOIUL
n. Al{OII$0 La{crrérc COI~tra o. Jt~an Latnís, por. cobro de peso&.
Sumario.- to Las operaciones encargadas en la Bolsa do
Comercio á un corredor y por un sócio de ella, á falta do ley,
deben ser juzgadas con sujecion al reglamento y práctica de la
misma Bolsa.
~ La!' compras á plazo de cédulas hipotecarias, siendo reales,
y no probándose que ba habido juego, producen accion legal en
juicio.
3° Los corredores de bolsa pueden omitir el nombro del ter·
cero con quien y por quien contratan.
4• En ese caso, habiendo comprado cédulas por encargo de
otro, está obligado en el dia del plazo á entregar el importe al
vendedor y las eMulas al comitente.
5° Si no entrega el importe, y si segun el reglamento de la
Bolsa, se rematan cédulas por cuenta del corredor, obliga1ndole
á pagar la dlferepcia; el monto de esa diferencia debe ser le reem-
bolsado con sus intereses por el comitente.
6° En cuestiones dudosas no procede la condenacion en
costas.
Ccuo. -
El caso so halla esplicado en los fallos dictados en
la causa.