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D& ltiTICIA lllCIOlt&L

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CIVIL
Tomo 23 ID: fallos_23_326

Voces / Materias

PROPIEDAD RESPONSABILIDAD

Texto del Fallo

~r , . D& ltiTICIA lllCIOlt&L 83t dlendo '! reoab1lldt en esa misma recb el auto de eolvendo contra el deudor, el tercerista Pa.rola en tl d~l mismo Se· tle111bre oe pruent6 os poniendo: que puesto que huta entonceo no uistia otro embargo que el prwtnlivo, cuyo término legal es muy limitado y se bailaba exeuinmcnle vencido, habiendo eadutado i¡uo jure pedía que así se declarase ordenándoae la entres• de loo animales, como eu erecto se declaró, sin per· juicio de lo qae correapondiere en el juicio ejc~utiro. Y como eu este juicio y en el mi11110 dia, el ejecutante solicitara la traba de dichos animales con carácter de ptnnantt1te por ba- beru vencido el plazo ordenado al ejecutado, se prorey6 do conformidad, lln,ndoae ' efecto el embargo en !6 del mismo Setiembre. En eate estado, y prtlvln protesta del comprador Parola, quedó detenido el juicio ejeculito, siguiendo r coocho- yéodose la tramitacion de la tercer!~ quo •• il resolverse. , El tercerista ruoda a u accionen que es dueiio exclusiro de Jos nnimale1 por la compra ·legal que hizo A su dueño Jegltio>o Juan Penaod en i& de Noriembre de 1879, como se comprueba por el boleto de marca antes citado, espcdldo á su favor por la Geratura Polltiea de Coronda y com~ además lo ha justiOcado plenamente con otras pruebaa, habiendo transcurrido un mes, dude que se.ballaban Cuera de las concesiones de Perraud los animales cuando fueron embargados dol poder de Delfioo; sin reconocer causa alguna jn1tilicada, porque la compañia baya btcbo embargar, oomo lo ha IOiicitado bajo su responsabilidad, - bien de su profledad exolusiu, no habiendo sido llamado á juicio ni demandado de modo alguno por deuda de ninguna claae. Siendo de adnrtir que ha pedido ese embargo con pu- recto conocimiento que tse ganado DO rerteoeoia ' IU deudor Perraud quo Jo babia rendido y se babia despoaesionado de él, eataudo ademb ea poder de un eslrtiño cuando fuá secuestrado: lo que importa un ataque absolutomentt ilegal' · su derecho de propiedAd 1 pososioo, sin exi•tir entre ambos ninguna relacion ~m U