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Don Ramon Ddvi/11 contra Don llrcardo l"ald_., por cobro

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 23 ID: fallos_23_721

Texto del Fallo

Don Ramon Ddvi/11 contra Don llrcardo l"ald_., por cobro de puos ; so6re incomptltncra. Sumario. - t• Para surtir ~~ fuero f•deral, por razon de peraoaas, ea el caso de un erl•dito cedido, es necesario que tanto ti cedente como el cesionario se hallen en condiciones de poder demandar al deudor ante la justicia federal. t" Aal, el pleito entre dos eslraug~ros, ó reciaos de ODa IIÜ.IIIIA prOlincia, aunque originariamente bubiese podido ser lleudo ' la juo~icia federal, no pertenece 4 ella. Ca10. - Loa señeru llrowaells y C•. estraagtros y reeiuos de BatDOt Airee, cedieron ' Don Domingo Dhila, eindadauo de la Bloja, oa cr~dito de 2!,709 pesos fuerlu oro, contra D. Bio&rdo Valde~ ciudadano, de la Rioja. Don Domingo Dhila cedió 6 su Hl el crfdilo 4 Don Ramoo D6•lla, ciudadano ntraogero, qai~n pidió al Juez }'ederal de la Bioja que, pr~ria iaformacion sobre su nacionalidad estran- pra, mandaae notificar la ceoion al deudor Yaldn.