l once de Ootubro de 1877 rl.'cillieron lo~ t>jecutados tll.'l dem.todaote la suma de d1cz mil qni nientos pl'sos lloli\·i.tnos pl.ttn corriente. y se obli· garon soli•lari,tmento i\ tlHOI\
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
CIVIL
Tomo 24
ID: fallos_24_52
Voces / Materias
CONTRATO
Texto del Fallo
DE StlSTlCIA tUCIO!UL
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cnrill !Jo f. 2, de In coal npareco que con ft>Cb"l once de Ootubro
de 1877 rl.'cillieron lo~ t>jecutados tll.'l dem.todaote la suma de
d1cz mil qni nientos pl'sos lloli\·i.tnos pl.ttn corriente. y se obli·
garon soli•lari,tmento i\ tlHOI\"crle pnr ellos al fin de dos nños
o•:ho mil pesos fuertt>s ero 6 sn e(\uirulantu en otras monedas
de ley al cambio corriente l.'n el lugar y dia del pago, con mas
su~ intt:res~~ nl tipo reforido del uno y cuarto por ciento
mcnsuul.
2 · Que los rlemantl.tclos p.tra cncr\"ar la foern ej ec nti~:l del
prt·!lidto d ot· unH~ nto hun opul'sto ea ';U <'ontra l.t l'XCPpcion do
f.l!:.l.'ll.lll, ah·ó·llulc, liÍn dderminnr circnnst.tncin al~una ~s u
rt·spN·lo. 'JUC por :.u cnnlt>.,to se le,; l.urc aparl.'cer dl'uclores de
ocbo mil pc"o ful'rtPs oro y sus inlrrcses, y que tal obligacion
es ~uput>sla y falsa, •·»tundo di .. ¡ ueslos á comprobarlo por cs-
rriLura firmatla por el propio ej ecuL tntc.
3" Qua uhiert:\ á prneua la caus.t sobre In l.'~ccpci on alegada
dl'spues de la <'Ontest·tcion de la existencia de la fahll'Üa,d por
el ejecutante, se ha justilicado:
f rímrro.- Que lu constitucion üc la ob1igncion hipotecaria
en que se basa la ejccucion fué preceditla del contrato privado
corriente á f. 7 t. estendalo en du . .; l'jcmplares en la ciodild de
San J uan, rl!sid,•ocia del l•jcrutanto. con fechn 4 de Octubre
de 1877 )' comprcnsi•o de t res di•ersos artículos, de los cuales
el primero dice qoc Yiut'la se compromete á. cotrcg!\r á Alvarez
la sotnl de 10.:>00 pe ·os bol irianos, plata sellada corriente en
:Ueud 1za, que debe darla 'en prl'$tamo por el término de dos
niios r con un intt:rés de uno )' enarto por ciento mcnsnnl ; el
segundo, que :\ lran•z ncepta lo e•tipul1do en C'l artículo ante-
rior. y se ohlign por su parte ¡\ dcvolrcr á \hlel,t 8.000 pesos
fuertes ó su Pquiv.llentc en otrns monc1las de curso legal al
camuio del día C'll Han .Juan, hipotecando ti sn srgnridad ona
finen de propiotlau do íol y do su C'Sposa: y el tercero, quo la
entrega del dinero scrin hecha á Alvnrez por medio de un giro