Que la presente demanda versa sobre indemnizacion de dai01
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 24
ID: fallos_24_122
Voces / Materias
ADUANA
CONTRATO
Texto del Fallo
de'\,iendo a&lir de Buenos Aires ó de Montevideo, dies diaa d~
puet de recibido el aviso (contrato de foja ciento dies 1 ocho):
Que la presente demanda versa sobre indemnizacion de dai01
1 perjuicio• 1 pago de multas, que los señores Ponce 1 Compa-
ñia ó s11 actual cecionario clon Francisco Arias, reclaman de
Daggan hermanos por haber faltado al cumplimiento del con•
trato antes mencionado (escritos de fojas ciento diez 1 ocho
1 una);
Que á foja trescientos ,·einte 1 una vuelta de los autos,
figura una carta que los demandados, conforme á lo estable-
cido en el contrato, dirijen 4 los demandantes con fecha pri·
mero de Marzo y que apar~:ce recibida en el mi::~mo día, previ-
niéndolos que para el quince del mismo mes estarían prontos
á embarque diez mil quintales de carne, 1los otroa diez mil
quintales para el cinco de Abtil siguiente, pidiéndoles manda·
seo los buques necesarios y 1irviéndolu ue de Juficitnte aoilo,·
Qae á foja trescientos trece vuelta consta igualmentt~, que
recibido ese aviao los denaandantes solo mandaron dos buques
eDJ todo el mes de Marzo hasta el cinco de Abril, uno que llegó
al saladero y abrió registro el quincc de Marzo, teniendo de
porte tres mil ochocientos á cuatro mil quintales segun el
contrato de fletamento de foja doscientos ochenta 1 siete, y
el otro ele noventa 1 dos toneladas de porte segun el respectivo
contrato de Oetamento de foja doscientos ochenta y uuete, 1
que llegó y abrió registro para cargar el Teinte y seis de
Marzo, 11egun el certificado de la Aduana de San Nieolh ' foja
trescientos trece ya citado ;
Y considerando: Que es una regla de derecho, que eo los eon-·
tratos bilaterales una de las partes no podrá demandar su
cumplimiento, oi en su defecto daños 1 perjuicios, si no pro-
base Jaaberla ella cumplido, ú ofreciese cumplírlo, ó que su
obligaeion fuese ' plazo. (Articulo sesenta y cinco, capítulo aeia
•Del efecto de loa contratos• Código Civil, 1 artículo ciento