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D& JOmCU lUCIOlUL

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 24 ID: fallos_24_242

Voces / Materias

QUEJA IMPUESTO

Texto del Fallo

• D& JOmCU lUCIOlUL VISTA D!L 8d08 PllOCUUDOil Gr.l'f!IAL Bueno• Airea, Junio S de 1881. Suprema Córte: Esta demanda no tiene por fundamento un acto en cuyo m'· rito la Municipalidad pudiera ser demandada, ni seria en todo caso competente la Justicia Federal, como ono de los Tribu- nales creados por la Ley de Diciembre último. No pide el demandante que la Municipalidad sea tlv:Dpelida á entablar demanda por el r.obro de impuestos contruio á la Constitucion 6 á los tratados, por ejemplo. Se queja simple- mente de que aquella corporacion pretende ten\lr derecho l. cobrarlo y no le cobra un peso diario por un escritorio. que el llama marítimo pnra comprar comestibles y que ella claaUioa de puesto. El punto á resol ver seria ¡llres, acerca de la diferen- cia que existe entre pue.sto y u critor1:o para comprar comeati· bles ; cuestion esencialmente ndministrativa . Por otra parte el inciso 3° del artículo 7t de la Ley de Di- ciembre último, atribuye á los Tribunales de la Capital el conocimiento de los asuntos de carácter contencioso adminia- trativo. Sírvase V. E. confirmar la sentencia apelada. Edtuardo C01U&. ••••• •• la ••pe• a ~ .... Bueno• Airea, 1• de Julio de 188!. Vistos: atento lo dispuesto por el inciso ~ercero del artículo setenta y uno de la Ley de Organizacion de 101 Tribunl~ de