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y los agregados para. dictar sentencia en la reclamacion de D. A polinario Acosta, corriente á foja i • de los presente

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 24 ID: fallos_24_529

Jueces

Moreno Costa

Texto del Fallo

• se El salario de un depositario judicial debe aer fijado por el Juez . .& 0 Al depositario jodiuial se le deben los gastos necesario• huchos para la guarda y conservacion de la cosa depositada. s• El actor que por sus peticiones e1eesi\"as ha colocado al demandado en la necesidad de litigar, debe pagar las costas del juici\l, aunque obtenga parté de las sumas demandadas. Caso. - J.o esplica el !Buenos Airea. Agosto 26 lle 188j. Vistos esto autos y los agregados para. dictar sentencia en la reclamacion de D. A polinario Acosta, corriente á foja i • de los presentes. ~..,:- ,Jita de los agregados : f " Que con fccluL t!) de Octubre de t880 los herederos de D• .kufina Herrero de Hamire:z iniciaron juicio ordinario ante el Juez de t" Instancia Dr. Noguera contra D. Jos4 lhstai y su esposa D• J-:loisa R. de Mastai, sobre reh·iudicaciou de una majada de orejas que estos poseían en el Partido de Moreno. ~ Que en dicho juicio, y á peticion del actor, decretó ese Juzgado el embargo de las O\'ejas en euestion, nombrándose depositario ele ellas con fecha 28 del mismo nh!S y año, segun oonsta de la diligencia de f. tt y siguientes, á D. A.polinario A costa. 3° Que habiendo declinado de jorisdiceion Jos demandados en virtud de su calidad de c:ttraugeros, el Juez orijinario se declaró competente por auto de f . . . , lo que motiró la resolu- cion de la Córtl\ Suprema de Justicia, estableciendo la compe· tencia del Juzgado de SecC'iun de Buenos Aires . .¡o Que en tal virtud se Dlllindó levantar por auto de f. i37 ••