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Don Andres Correa CtJntra Don Pedro Satl Gtrmes, por rei-

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 25 ID: fallos_25_383

Texto del Fallo

888 rALLOI DI LA IUPai•A COATI Don Andres Correa CtJntra Don Pedro Satl Gtrmes, por rei- vaildicacion 1obre declaracion d rebeldia. Sumarw.-Para declarar rebtlde al demandado que no con- testa la demanda, es necesario que se le accuerden y pasen las S& horas' que se refiere el articulo lid e la ley de procedimientos. ' Ca1o.-Se comprende leyendo el w.u. ..... _ ........ San&iago, llano .6 de 1883. Y vistos: La declaratoria de rebeldía solicitada por Don Direio Lopez, en representacion de Don Antenor Correa, contra Don Pedro San Germes, por no haber com¡larecido á contestar la demanda dentro del termino de ley, y considerando: to Que entre las caasas que enumera el artículo t83, título 19 de la ley nacional de Procedimientos para que un litigante sea decla- rado rebelde, s6 encuentra la espresada por el que acusa la re- beldía, puus que consta de autos á foja 5t \'uelta que con fecha