Yolñ, tor •ertdu l•feridu el 'feiatidoa de A¡oato de mil ocho-
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
COMPETENCIA
Tomo 25
ID: fallos_25_425
Voces / Materias
COMPETENCIA
Texto del Fallo
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Yolñ, tor •ertdu l•feridu el 'feiatidoa de A¡oato de mil ocho-
eieaMI te&ea&a 1 aaen, 'don Luia Beriuo, patroa del patacho
e Pro'feedor •, 1 de 1u caalea reault6 la muerte de nte, en
tlt aiamo dia;
Coaaiderando, reapecto ' la eseepeion de incompetencia de
de loe Triltualea Nacionales para conocer de esta causa, que el
ao&o •oaatcida tu•o lapr en el muelle del Puerto de Z'rate,
ea el aomento de ltajar Beriaao de au buque, 1 un pronto como
piM dicho muelle ;
Que eate muelle se halla situado aobre un rio nanpble,
oa1u lfDU esUa aome&idaa ' la jurisdiecion nacional, como
¡nades naa p6blicu del comercio de la Nacioa, que el Coa-
peto tiene el poder de nglameaurlaa 1 de ejercer sobre ellas
todas lu faculudea eaplfcitaa 6 deri'fldas que la Conatitueioa
le &Uilta1e ;
Que atenta la precedente doctrina, los límites de una pYo-
'fincia con el mar 1 loa rios navegable•, llegan cuando mua ' la
Jfnea del relujo del u aguas;
Que el puerto de Z'rate, es un Jupr de import&eit'D 1l'Ipor-
tbion de mercaderíu1 eaU aometido por unto ' la juriadic-
cion printi1'a del Gobierno Nacional;
Que loa crímenes cometidos en los rios y puertos, lo mismo
que loa uhnenes de toda especie que se cometan en lugares
donde el Gobierno Naeiooal tenga absoluta 1 eaclaai'fa juris-
diccioa, dt>beo Hr juagadoa por loa respectivo• Juecea de See-
cion, ae1un lo dispuesto por el inciso segundo del artículo
tercero, 1 por el cu~&no de la le110bre jurisdiccion 1 competen-
cia de loa Tribunales Nacionales.
Por eatos motiYos, la Córte no hace lugar ' la e1eepcion de
incompetencia; 1 por sus fundamentos, 1 de conrormidad con
el diot4men del señor Procurador General, resuelve confirmar
la sentencia apelada de foja cioeuenu 1 dos con modifieaeion
de la pena impaeata~ 1 condenar al proceudo ' la de HÍi años