PAUAIIIU ....... COIIft
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
CIVIL
Tomo 25
ID: fallos_25_457
Voces / Materias
CONTRATO
Texto del Fallo
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PAUAIIIU ....... COIIft
cMrto: Qae el Wrmiao de los trea aiios para la e•tneeioa
dt la •trJra 11 eacaeatn feaeeldo, 1 bao nacido loa pluos
....,_., .... te aei&ladoa para otorgar el pagaré garantido de
101 diea .U pesos, 1 para el abono de éstos;
t}Miltlo: Que el comprador esU obligado ' pagar el preeio de
la 0011 coaapnda ea el lagar 1 ea la ~poca determinada ea el
eoavato (articulo ciento tres, titulo IHl contrato tÜ compra·
WIIIG, C6cligo Cifil) 1 4!1 Tendedor solo tiene derecho para
t.obnr los intereses de la mora 1 no para pedir la resolacion dtl
contrato (articulo t08). pues el p;acto eomisorio no se solm•l· l·
tieade ea los contratos bitatera1es y deb,e ser espreao, qaedaado
rada parte obligada ' cumplirlo y sin otro derecho que pfllir su
ejeeacioa contra el que no lo cumpliere (artículo 68, título IH
loa t011lral01 m general) ;
Por estas consideraciones se confirma la sentencia apelada
de foja eieato sesenta y cinco, en cuanto ordena el pago de la
cantidad demandada ·con sus intereses ' estilo de Baneo, y
maatiene el embargo de la piedra, en rirtud de lo dispuesto
por el artículo cincnenta 1 cinco, inci5:o terct:ro de la Ley de
Proeedimientos. Repuestos los Sl·llos devuélvanse. Notifíq nese
con el original.
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1. a. COilOinAGA.-1. DOIIUfGUU.-
ULADISUO RIAS. -8, •• LASPIIJil,
-11. D. PilA llllO.
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