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DE JUSTICIA IUCIOIUL

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
COMERCIAL
Tomo 26 ID: fallos_26_17

Voces / Materias

SOCIEDAD CONTRATO

Texto del Fallo

DE JUSTICIA IUCIOIUL tt f96) es que Baraldo promPtió al dem!lndante un sueldo 6 una parte t>n las utilidades t>D la provision de forrages, pero t~slo no implica neces~triamente el reconoci111iento de la calidad de sócio. ni quita al que ea objrto de una propnsicion de esa nntu- raleza, el carricter de factor 6 d•·pctHiiente pura y simplt-mente como clara y terminantemente lo di.:pone el art.fculo .662 d~l Código de Comt•rcio. La locacion tic ohr.ts ó llervicios dice Bed11rride • Leuocielés •, t omu t D, nt'uut>ro i 3, pn•st>ntan algunas Teces ciertos caractéres de sociodad; lo que st> realiza l'special- menLe cuando un dt>pendientu recibe á título (le salario 6 como suplemento de sueldo una parto cut•lesquiura en las utilida•les. La jurisprudt>ncia ha n·chaztulo siempre ver en esta convencion el contrato de so¡·i,>dad, y necesario es conf~­ sarlo. no sin •azon. Ella no ofrece rn l'ÍPcto esa com~nid n d de cosas que segun hemos visto forman el elemento esencial de tod.l sociedad; el \ltltron quedll dueño esclusivamente del ntgocio, el ú.lico a\rbitro do la oportunidad de las ventas y de las condiciones b ll las cualrs dtlben realizarse •. Considerando en cuanto al cobro de sumas anticipadas y eontrademaoda: SO Quo Haraldo en su contt'stacion 6. la tl ~mnnda y en apoyo li la reconTencion dedudda, ha presentado las planillas y cuen- tas agregadas de fojas 77 á 81 atriiJuyéndolas al doman(hllltt>, el cual se ha liuaitado á mauifestar que no S(ln ciertas en todas sus partes, pero sin impugnar esp('ciuhueute ningtlna de sus partidas, ni determinar categóricamente las que rechaza, ni las que RCl'pta; proceder qu ~ autoriza al Juzgatlo patra esti- mar como un reconouimiento de la ver•lad y autenticidad de esos documentos on conformidad á lt tlisput>sto en el articulo 86 de 1:& h•y K acional de J·:uj u id.• mit•ul''• pues su preuept o alcanza no solamente IÍ la th•tuau•la sinú 1Í los documentos con que se instrnye, como lo ha rcstu·lto repetidas Teces 1:& Corte Suprema y últimamente en la cansa de Barker eoulra Si-