S:slndort's por la soma de st>scnta mil pesos moneda corriente,
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 26
ID: fallos_26_18
Texto del Fallo
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nr(, siendo tanto auas not:lblc esa ftllt:l de preoision en la eon-
testaeion á la contra•lemand1l q ne caracteriza hl evo si va, cuanto
qne BaraMo apoyándose en la cuenta de f. 80, h tce cargo á
S:slndort's por la soma de st>scnta mil pesos moneda corriente,
que segun la mism:a ap:arece buber recibido de él exigiéndole la
correspondiente rendicion de cuentas; lo que á no st>r cierto, b:l
debido moth·ar unl(negacion r.atl.'górica y t.erminante ; á lo que
se agrt>ga: to Que Salvadores ba pretendido valerse de las mis-
mas cuentas p:ms dar por hech:l ll1 rendicion exigida; ~Qu e el
testigo Mag•laleno, dependiente de aqnel, declara á f. t63 que
han sido escritas por 6rden de él, sin que baya intentado m•garlo
ni tachar al del'larante, y 8° Que el tt>stigo Torres dl.'clara ser
las mismas que tuvieron presentes Jos testigolS de arbi-
traje.
90 Que entre tanto, los documl'ntos pregentados de f. !07 á
foja !t5, tínica prurba rendida para justificar los pagos qoe
dice haber ht•cbo Salva!lort>s por cuenta de la proveedurf01, están
muy lejos de alcanzar á la snaM que uparece haber recibido de
Bnruldo, pero admitiendo como cierto todos Jos desl.'mbolsos
que figurun de f • .t6 adehmte, siem¡1re resulta en saldo á faror
del demandante lt•jos de ser deudor de ca t1tidad alguna por e·te
concepto.
tO. Que desde hal'go resulta comprobado y reconocido p<'r
ambas partes que Salvudorcs lu& t\lnido á sn cargo l11 lldmistra-
cion de la provot>durí;l acordada 1i n,.raldo en la parte corres-
pondiente á las fuerz¡&s aeontonadas en !~'lores, recibiendo suruas
de d in no y efectos, y haciendo pagoJS por cuenta de la misma,
de> donde :;urge la obligaciou IE>gal de rentlir cuenta instruitia y
doro mentada, conforme lo dis¡1one el artículo 83 del Código de
Comt•rcio.
1 J. Que si bien es cierto que aparece b11ber presentndo la que
eorrt á r. 80. con!lta por manifostacion de Jos mismos interesa-
do!~ que no fueron a•:eptadas, pues, se produj~ron eon motiYo