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DI JUSTICIA li'ACIO!'UL

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CIVIL
Tomo 26 ID: fallos_26_244

Jueces

Costa

Voces / Materias

PROPIEDAD

Texto del Fallo

DI JUSTICIA li'ACIO!'UL ' cz, archivar el e5pediente y •Ltr cúpia del mismo al intere ·ado para su seguridad, adjnntáudosde al efecto <'Omo título, la enunciada c6pia de mensura y demas antt>cedl'ntes por nota de fl!cba ~~ l.ll• }'obrero del ai10 t 85'9; todo lo cual consta de los documentos presentado· de fojas 23 á 26. s o Que eu ('1 mes de }layo del ai1o t878 Don Amaro Galao solicitó cn compra ni Gobil:rno de esta Provincia un terreno fiscal en el lugar llamado • El Yollc •· costa sud del Rio so en· tre t'Ste rio y los c,1mpos del General Petlernera, cediendo pos- teriormente el denunciante, en fecha iO de Abril de t879 sus de- rechos como tal á Don Joaquin Cárles. 6° Que practicada la mensura corr<'spondiente del terreno denunciado y resultando de ella la existencia de un terreno fiscal, compuesto de .&619 cuadras cuadradas segun informe del Agrimerhor don Felipe Yelasquez f.'ncargado de efectuar dicha operacion, se otorgó por el Gobierno la 'enta de este terreno á Cárles en fec·ba 6 de Abril de t880, medi.mte el remate efectuado por el mismo en to del citado mes y año, llenados que fueron l(ls requisitos de ley, quien li su nz lo transfirió por igual título y en la misma fecha á Don Rufino Barreiro, sugun todo ello consta de los documentos presentado• por el demandado de fojas 73 á 81 . ;o Que con motil'o de esta Huta, el señor P~?dernera se pre- sentó al Gobierno de la Prol'incia en Febrero de t881 manifes- tando que el terreno vendi ~ lo se ha.llaba comprendido dentro de los de su propiedad que le habían sido cedidos por la enunciada ley ; pidiendo en conse('uencia, se le hicieran rtspetar sos derecnos de propiedad en ellos, con cuyo motivo ~.: dictó la resolucion que se oontit>ne en el documento de fojas tt á t.t, que declara sin tJfecto la citada mensura de 15 de Octubre de t858, en cuanto abraza mayor cantidad de terreno que el donado por dicha ley, ordenándose que las 9 leguas cedidas ' Pedernera le fuesen entr('gndas sobre la márgeu Sud y eouti- T. lYU. ti.