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DI lll&TIC:IA !IACIORlL

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 26 ID: fallos_26_260

Jueces

Costa

Texto del Fallo

DI lll&TIC:IA !IACIORlL Dtarante Jo.s nune dias del término lepl, el apelante pidii6 una diligencia, y recayó decreto :sobre ella, sío referencia al· guna al auto que mandó expresar agravios. Ve:neidos los nueve dias, y no habiéndose presentado la es- presion de agravios, el apelado acusó reb<'ldía, y la Suprema Corte declaró desierto el recurso. El apelante ¡•idi6 r.evoe:atoria dt'l auto de desercion, fondán- dos(' en que el ¡)edido hecho y el decreto recaido en él durante el término citado, babia suspendido su curso . ..................... Bu·eno& Aires. Enero ~de 188&. Vistos un ul acuerdo. Cmasidemndo: que el decreto que mandó espr1's.ar agravios fué notificado al apel:mte el dia veinte 1 seis de Noviembre de olil ochocientos ochenta y tres; que di- cho decreto no fué modific .• do, ni ~t ejado siq efecto por el auto de se•is de Uir.iembre s iguít>~tt c : r~¡ue sin haberstl presentado la expresion de agravios fuó acus~&da reb.:ldía en doce de l:n<'ro corriente, despues de vencido el término que prescribe el arU- culq doscientos quince de la ley Nacional de Procedimientos ; 1 que eoo arreglo 6 la disrosioion expresa del artículo dolicientoa diez y siete de lll citada ley ha sido bien d~clarada la desercion del recurso; no ba lugar con costas ai la revocatoria del auto de foja ochenta y t.res; y de.vuéhanse los autos, como está orde· nado, prévift reposicion de sellos. J. 1. GOIOSTIACA. - J. bO•IRCIJEZ. - tlLADISUO FiliAS. - S ••. U~PIIlll. t9