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PALLOS D& U

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
PENAL
Tomo 26 ID: fallos_26_279

Voces / Materias

HOMICIDIO

Texto del Fallo

1 ., PALLOS D& U SVPI~&MA COBT& 6° Que la con(tsion no puede di fiJirse; y aceptada como me. dio de prueba, deben ror con ·iguientc ser un hecho neri- guado para el Juez, lu circunst.tncias que ellil contenga, tanto en ¡..r6 como en contm dr.Jl confes:lnte, pues como lo dtce el Dr. O barrio en la nota que precede su proyecto de C6,Jigl.l de Procl'dimicntos en m:1teria penal, no es posible trasladar al ¡>rocl'SO criminal el sistema de excepciones del procedimiento civil. La confesion tiene que aceptarse en la forma que se presta. I.as circunstancias que la califican forman con ella an solo todo. y 110 es justo, ni equilatiN, ni humano acl'ptar la parte que dlliia nl que la hace y rechazar la que le es faforable. En igual sentilio opina Heards en su tratado sobre derecho penal de Massachusset, Capitulo de la Confesion ; y ha sido t.lmbieo 1.& doctrina aceptada por la práctica de los Tribunales. 7° Que los hechos qne para su descargo y que califican su cunfesion. ('Spone en ella Giordano, 1111torizan la legítima de- fensa alegada, puesto que el ataque de Lauguasco fu~ efectuado con armas que ponían e o peligro la vida del heridor. Ley ~·, Título so, Partida 7•. so Que las declaraciones de los testigos Nicolás Benassu y l'ietro Bruno, en las que, dando razon de sus dichos, estab lt!- cen que el pailebot estaba cargado <le maderas, y que el las formabau una troja al frente y al lado de la puerta de la co- cina. que bastaba á impedir, á un iuditiduo que fuese allí asul- litdo, á waoo armada, el que se retirára sin peligro di! perder la tilia, circunstancia que colocaba al proc.,sado en la neresi- dad de" tomar una determinacion r:lpida, sin que pueda impu- ttirsele por ello que no óptuse, por el temperamento mas pru- dente de fugar. Por ('Stos fundamentos, los cont•ortlantes del escrito de foja ..O y en conformidad á lo establecido en ltt Ley ti, Título t6, Partida 3•: Fallo declarando que el homicidio cometido por el protéiilt.lo Giordano e11la persvna dt 1 lllilrinero L:wguasco, está