← Volver a resultados

~i l t>x •. 5

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 26 ID: fallos_26_312

Texto del Fallo

DE JUSnCIA IUCIOlUL 317 la que derita de sus mismos t~rmin os, ni puede ap1icaue á otros objetos quo. los mcnr.ionndos t••• el aeto mismo como se espresa Ulackstone .ll tratar de las concc:.ione · realh, las que se distinguen tfe la · do lo purticularf's e1l que e. una cunc('sion del Rey no es válida sin6 por lo quu e8t3 precisamenle consig- nado en ella ;• y en el caS•• sub judicc lo l•nilu c.;prc .. udo en la conce.sion son los propiet.lrillS dd 'oapor • Portcñ.t • y no la empresa .. llcnsagerías }' lmial e~ • propietaria del " ~i l t>x •. 5" Que la at·oion dt•duci•l<t pur la (lcm.uul.1, tal cual :~e des- prende ttu sus cspollkioncs ele foja 8 0 ' 0 ft•ja 68 y dt· los bPcbo · comprobutlo o por los antece•i t•Jitl'S n•fcrid,,s y pur la conformi- dad de las parles, no J>resenlan analogía ni encuenl ran fun- damento en las disposicion<- 0 dt•l C'útligo de f'omerdo, n•lati- vas al com<>rcio marít imo. conl'l part!Ce 1}110 lo in ~ in tia aunquo Tagamente al deducir como fundanwulo ti ~ :;u petidnu el Ucte no pagado aun del Vapor •t ,' ilex • sobre lo que ha rer·ado principalmentll la conte~tttcio n do foja 175, pOI' CIIUil l(l l:l ll lllllil acordada por el Cougreso, no flerho.allflo ,ll· uingun ·cn·iciu á pagarse. prP.stado por el • Portei1a )1, no itnporld ui :tnn l•ttra sus propietarios un acto di\ comercio ni tienl· relacion C•lll el buque en cuestion. 6° Que una accion por lletei' no autoriza ría t•n ni ugu n caso Onil participndon rroporcional á la ororlunidad é importancia del senicio prestado con relacion ;\ lo o IJeucfirio o obtenidos, como lo pretende la empresa ~ e uut ndantC' . artículos ft84 y 1 t86 del Código de Coml•rcio. s 7° Que aun coositll•rando como un caso do sa lram('nto ó asistencia prestado por el \(Sílex • al Q Porteiul ~ no podría e11trarse á apreciar la importa ocia ó rie ·go de la opt>racioo para fijar los 1111lu rios correspond ieu 1 es, ptll!' en es tu caso re- sulta comprobado, que no solamente no contribt:ycron los &'Ulilios del <1 Silex • á s:J lvnr á ~1 e L'ortc1ia •, sinó que este liltimo .}()ntiou6 á pesar do ellos en poder de los subleva•los,