D& ltJinC:IA l'UC:IO!IfAL
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
COMERCIAL
Tomo 26
ID: fallos_26_320
Jueces
Costa
Voces / Materias
SOCIEDAD
Texto del Fallo
D& ltJinC:IA l'UC:IO!IfAL
Que el démandante reclama como indemnizacion del daño
causado por e~e a~to un salario de cuatro pesos diarios durante
los diez meses que dice haber trabajado ea el establecimiento
de la sociedad, ademns de treinta pesos pagado11 al cedente se-
ñor Reyt>s, y las costas del juicio, consintien<lo en quedar se-
parado de la sociedlld.
Por estos fundamentos, ~ e revoca !a sentencia apelada de
foja ciento setenta y siete y se declara al demanti11clo respon-
sable del perjuicic:'l causado por la espulsion indebida, el cual
ser' fijado por preritos nombrarlos de conformidad al artículo
ciento cuan•nta y dos de la ley nacional de procedimientos;
sobre la base de una compeusacion d iariil por el tiempo qu e el
demandante haya pcrrnant'cido al servicio del establecimiento.
Repuestos los sc11os. devuélranse. :\otifíquese con el original.
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DOMiftCUU. -
VLADISL.\0 FRIAS.
- - S. M. USPIIJR.- M. D. PIIAill\0,
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