, inciso 9D del mismo; pero habieoJo sido capturados ca GO)'
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
PENAL
Tomo 26
ID: fallos_26_462
Voces / Materias
ROBO
DELITO
Texto del Fallo
D& IVInCIA llfACIOlUL
aion, el que fu(, puesto á disposieion deJ Juez do Libres de
t>sta Protincia, remitit!ndole el npt'dieute, quit>n lo remitió al
de Ooya, y éste á este Juzgatlo, qne conoce de l.a c.ausa de es-
tradicion. Para resolvrr lo oonvenicute, se telegrafió al Juea
del Crimen de Concordia m:antuvicse al preso á disposicion de
este Juzgado, y su ¡lfegunt6 al Sr. Ministro de Relaciones Es·
tctiore~. si Yulazquez babia sido reclamado por el Gobierno del
del Brasil, contestando nq;ath·ameute por el telegrama de foja
!18.
Y considerando: to Qut' la extradicion de los individu01
Hermenejildo Saldanha, Tt!odoro .tbsuaga 6 Justo Lopea, Na-
talio Riniro y Juan Villordo, fuó aolieitada en debida forma
1 acompañando los documentos nijidos por el artículo lt
del tratado de extradicion vigente entre esta República 1 el
Imperio del Brasil, siendo el delito que motiva el pedido uno
de los designados eu el artículo!", inciso 9D del mismo; pero
habieoJo sido capturados ca GO)'" los tres primeros, se cam-
biaron los nombres en los de Inocuncio, l'edro y Cipriauo Gofll:~
lez, por cuyo motivo se siguieron diligencia,; para juatiliear,
que los que se llamaban Gonulu, eran los mismos Saldanh:\,
As~uaga ú Lupez y Ri\·eiro; y segun se ha Yisto dt>l estudio que
Sil ba hecho de los autos, resulta una prueba clara y e\·idente
de que estos individuos son los mismos que asaltaron 1 roba-
roo el establecimiento de la seiiora Claudia Bodrig11ez da
Siln. en el Druil, y cuya extradit'ion SP. ha solicitado, pues
\'illordo los reconoció á todos ellos ' la simple tista, entre mo-
chos otros presos, lo que no habría podido suceder si no eran
aquullos, aunque se hubiese propuesto eompromett>rlos; como
fá.~;.ilmente se comprende, desde que bubia llegado rec.ien y no
loa bMbia •isto unte11 en Ja Cárct'l; sin embargo señat6 A los
que se llamaban Gon1alez, llambdolos por sus nombre11. Esta
prueba, que por sf sola es plena, cst' corroborada por otns ta-
rias presunciones, tan fuertes que no dt•jan lugar ' duda alguna,