Ja. ' foja a. las posiciones de foja !O á foja !3, las deelara-
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 27
ID: fallos_27_296
Texto del Fallo
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rALLOS DI U st!PIIJIA COilft
Ja. ' foja a. las posiciones de foja !O á foja !3, las deelara-
cloa.ea de foja 65 toelta li foja '7f, do fr.ja 78 tut>lta 11 foja 85,
de fuja ti' li foja tSt, el informe de foja tOO tuelta, y las de-
claracioaea de fojas 160 á 165, de foja 176 li foja t80; prueb·1s
p..dacidaa ooa:el propósito de acreditar que él solo y Don An-
tn. Sarnia, eran loa dueños y poseedores del agua de que se
diee despojado el Doctor Zambrano; que este no tiene ningun
dereebq ni posesion de ella y q¡ue si líabíala usado babia sido
por eoneesion especial de Don A.ntenor Saruiat y eso por poco
tiempo, tn peqneiia cantidad y con continuas interrupciones ;
esaa pruebas, se repite, no dt'struyen ni enervan la terdad de
1u conclusiones sentadas en el punto anterior ; pues tales
pruebas son en si de ningun nlor legal, las unas, ~ ineficaces
1u otras, aegun las consideraciones siguientes :
t• La escritura de foja ..Ji, lo que únicamente prueba es que
Doa Antenor Saravia tendió á }'arre y á t"gueroaga el terreno
1 Jlolino que allí se espresan, con dt'rt'cbo á la mitad del agua
que contiene la acequia. Pero como en esa escritura no se <'S-
presa la cantidad de llgua que contenía dicha acequia, ni la
fuente ó lugar de dundo y por donde se la ll t:Vtl; no puede de-
ducirse de allí recta ni lcgalmeute que t>l agua de que usa Zam-
brano sea Ja misma 6 haga parte de la que Saruia vendió á
Farre 1 Uaueroaga con el terreno y lllolino espresado.
El hecho á que se refiere h1 sentencia con tenida en el testi-
mouiQ de foja !5, de levantar Ugueroaga por su tcequia toda
el a¡ua de las nrtientes de Carabajal y las que nacen en la
plaJa misma, importa un reconocimiento judicial de la posesion
1 derecho que desde antes tenia aquel so\Jre dicha agua, no
tiene fueraa legal bastante para con Zumbrano, por cuan~ ac-
tos pasado• 1 resoluciones dadas en juicios en que él no fué
paree, ni ninguna inienencion se le dió ni tomó, no pueden per-
judicarle (leyes t9 y to, tít" ti, Part. 3•).
A parte de eato, Ja poaesion 1 derecho que rccouoce la sen·