D& 11JSftCIA. lUCIOtUL
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 27
ID: fallos_27_307
Jueces
Costa
Texto del Fallo
D& 11JSftCIA. lUCIOtUL
.su
elseüor Zambrano; y que uni' vez obser\"ada esa apreciacion
debe dejarse á que en su caso se la verifique del modo mas legal
y preciso que corresponda; se declara, de conformidad á lo
dispuesto en el artículo 2.'12 citado, insubsistente, sin valor
ni efecto alguno, la pnrte de h• sentencia obsen·ada que dice:
ente11diéndose por talla cuarta pc&rte de todas las agttas que
Ugueroaga y Zambra no han. estado levantando de lcu t'ertien-
tes d-e la finca de Ca.rabajal que se derrama11 eu el rio, de las
que nace1~ eiJ. la playa misma y rle las que se recojen de los
derrames á la misma playa de las acequias ele la misma finca
de f.arabajal. Las costas de esta reclamacion, son de cargo del
Juez.
José MatJUel A·rias .
................. ~ ....
Duenoa A.ires, Noviembre 18 do 1884.
Vistos: por sus fundamentos, se confirma la sentencia apela-
da de foja ciento noventa, con costas; y repuestos los sellos,
dnuél vose.
J. B. GOI\OSruG.A..- J. DOMil"CUEZ.
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UUDISUO Fl\L\S. -
FIDilllCO
IBARG~l\EN.
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