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D& 11JSftCIA. lUCIOtUL

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 27 ID: fallos_27_307

Jueces

Costa

Texto del Fallo

D& 11JSftCIA. lUCIOtUL .su elseüor Zambrano; y que uni' vez obser\"ada esa apreciacion debe dejarse á que en su caso se la verifique del modo mas legal y preciso que corresponda; se declara, de conformidad á lo dispuesto en el artículo 2.'12 citado, insubsistente, sin valor ni efecto alguno, la pnrte de h• sentencia obsen·ada que dice: ente11diéndose por talla cuarta pc&rte de todas las agttas que Ugueroaga y Zambra no han. estado levantando de lcu t'ertien- tes d-e la finca de Ca.rabajal que se derrama11 eu el rio, de las que nace1~ eiJ. la playa misma y rle las que se recojen de los derrames á la misma playa de las acequias ele la misma finca de f.arabajal. Las costas de esta reclamacion, son de cargo del Juez. José MatJUel A·rias . ................. ~ .... Duenoa A.ires, Noviembre 18 do 1884. Vistos: por sus fundamentos, se confirma la sentencia apela- da de foja ciento noventa, con costas; y repuestos los sellos, dnuél vose. J. B. GOI\OSruG.A..- J. DOMil"CUEZ. - UUDISUO Fl\L\S. - FIDilllCO IBARG~l\EN. ~-