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DI .11JITitJA NACiOlUL

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 27 ID: fallos_27_347

Texto del Fallo

DI .11JITitJA NACiOlUL 351 referencia al Fisco, •(que el Departamento Topográfico decia $eoer derechos allí)n: ~·Que Clll el caso que el terreno n1edido pertenezc:~ á él por mejor título, tiene el derecho á salvo para entablar el cou espondieote jui,oio, puesto que la mensura ni quita ni dá derecho». - ]~ctonces pues, la practicada, oo los daba ni los quitaba IÍ los Colonos, que como aquel, son perso- nas jurídicas, que del Gobierno halbian recibido sus derechos, que se hallaban en posesion de sus concesiones, que ni au_n se les mandó citar como á colindantes, y que ni aun se les b:abia notificado el auto aprobatorio de la mensura, por no reputár- eele:s partes; razones })OT las cuales, cuando el Juez al apro- bar la mensura, diLe en su considerando 7° quce no ha sido pro- testada, habiendo presentado Jos Colonos sus título~ al citár. aeles por el Agrimensor, solo :se refiere á los colindantes cuya eitacioo se pidió y que uo protestaron, y á quienes, por tanto, únicamente puede pasarles perjuicio la operacion. 6,. Que dejando demostrado que los demandados tienen tí• tolos l('gllles que los acreditan dueños legítimos de las conce- siones que poseen y que s u:~ derechos en ningun sentido han sido afect11dos por esa mensura. bastaría esponer que son '•'o· recidos por la prescripcion, a11u cuando el Fisco uo bubi&ra sido dueño de esos terrenos cuando los enageoó á su fuor y aun OU11ndo el demandante hubiet1.1 tenido algun derecho para reclamarlos de ·pues de los ocho m~ses desde que el Gobi,erno Jos destinó á la colonizacion por las leyes antes citadas. por nsistirles Jos rt.'quisitos para prescribir; en efecto, su título ea justo ; su buena fé es m:mifiesta1 ! segun la ley, se supondría siempre, sin prueba contraria, que no se ba ¡>roducido; y supo- sesiou ha sido tranquiltL dt?sde t867 hasta Diciembre del año pasado t88~. fteha de esta tlemanda, e& decir, cerca de diez y seis años; y computando por dos aiios los cuatro ausentes del Seiior Ca.bal, siempre h:Lbrhm poseit.lo pacíficamente por mus tiempo dél de los diez años reque.ridos por ley. A que ae agre·