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DE JUSTtC.IA tUClotUL

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CIVIL
Tomo 27 ID: fallos_27_357

Voces / Materias

PROPIEDAD

Texto del Fallo

DE JUSTtC.IA tUClotUL 361 puesto por el artículo t26 de la ley nacional de procedimien·tos, sin espresar, por otra parte, el estado, edad y profesion de los mismos; y aunque por tales rlefec.tos eli•)S caree!;' o de perfecta nlidez, e tablecen, no ob tantc, una fuerte ¡m.•suncion de ver- dad, por cuanto se hallan eu todo conformes • on los ya citados de P·ereira, Yidela y C1tlfleron, ht · qur por sí so la~ b:t tan pam establecer una prueba plena y perfecta d@ los h ~>cb os ti qne las mismas se tefieren. 6" Que ademas, el trst igo F ranrisco C'arrii'io, prescntatlo por la parte de Uaract, al co n test ar ~¡ f. 60 la cuarta pregunta rtnu le dirije t'l rcpn'sentante de la seiíora Soler de \·aras. ettprcsa. que el meuciouatlo lugar de lt La ('a IJa liad IP•. es tu \"O ocu palio por]). José Alfonso, como ca1rnta7. (le O. U1trlo Y ara ·, te- niendo allí haci<'nllns \'éH' IIIHl • de propiedad do <'ste, corr(lbo- ranrlo así las dQclaracionos antes citadas. respecto :\ la pose· sion del mil:!mo, en el lugar ÍIHiicado ¡ como la corrouora igmtl· mente el testigo f ; n•gorio Alfonso. tambien pres.,utadó por la pattc di} Daruet, 1il contestar :1 la sf?t;unda y últírull· preg11nta dt•l interrogatorio de f. 50. en su llt•clarndon t.lc f. 75 \'n<'lta y 76; quedando, por consiguienlt>. dc ·truida la alinnacion 1l •h lc- mandado de no ltahcr hl parte adora poseído un solo piv onn- drndo de terrt'no del comprendido dentro de los límites de la mensura ()f.' t873. 7" Que e'n consecuencia, y comprobnda como qued1\ dicho l3 posesion d<'l causante de la parte :u•tora en rl m<'ncionado lugar de , J,a Caballad;,L» ba~hl (•1 ai10 1M7·~. la t•xcepcion de 1 rC'sr:rip- cion deducida por la parte de Huract, no e en manera al~ uJHL at•·ndiblt', destlc que se ha d··mostrado no haber C$ta. rjl.'rG:irlo una JIO!lesion rontinna en las condiciones y término que la l!'y requiere para fundnr t·n t·lla un título bastante: arfín llo 53, Libro 4", 'eccion 3•, Titulo 1". Cnpítulo 3° del Códi¡;o f'ivil. 8" Que dado· los antt?oeJentcs ('!i l rt b l (!dd o~, y pres(·indi<HHlo de la. po~ e~ion plenamente ju til:icada por el demandant<', Nl el