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Qae el ~&rt{culo cien de la Conatiluciou,y el doa,

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
COMPETENCIA
Tomo 27 ID: fallos_27_448

Voces / Materias

COMPETENCIA

Texto del Fallo

• ltii'IICIA IIAGOIIAL ~: Qae el ~&rt{culo cien de la Conatiluciou,y el doa, incito primero de la ley de catorce de Setiembre de mil ocho· cientos teHata 1 &rea, atribuyen ' loa Tribunalea Nacionales el eoaociaien&o 1 deeisionea de todas laa causu que nrsao sobre puntos re¡idos por la Constitoclon, por lasle7es del Con· rrno 6 por loa Tratadoa celebrados con lu Nadonea estranje· ru, y como la jurisdicoion en eato3 casos ea conferi4a ' di· claoa Tribuaaltt por razoo de la materia, con prescindencia ab· aolata de laa peraonas, no puede aer alterada, ni modificada en auen al¡una, cualquiera que aea la nal'ionalidad 6 ncindad de las partes interesadas en el juicio; T~"ro: Q•• la julisdiccion de los Tribunales Naciona• lea en laa causas espresadas, es primitha, segun se dispone por el artícalo doce de dicla~& ley. Loa J uecea de Provincia no pue· deo conocer de ellas, so pretesto de ser tambieo intérpretes de la Coostitucioa 1 de las leyes del Congreso. Interpretan y apli- cu estas leyea, como leyes suprema• de la Nacion, en las cau- su cuyo coaocimiento lea corresponde originariaaente, ó en lu que, siendo de competencia oaciooal, por razon de laa per- aoua, han c¡aedado aajetu' su jariadioeioa, con arreglo ' lo diapaeato por tl inciso cuarto del articulo citado, no pudiendo, por conaigainte, deducirse de aqaf que tengan jatiadiceioo concarreote con loa Tribunales Naciooalea; CUGrto: Que siendo esto as{, las partes tienen eapedito su de· reelao para promoYer la cnestion de competencia, cuando los Juece•. de Profiacia pretendan conoeer de las calJB&s •o• por la Couti&aeioa y por lat leyta del Congreao correspondeD priva· tifuaea&t i la Justicia Nacional. Por tstoe fiDduaentol,ae reY\)CI el auto n petado dt foja aei1, y ae declara ea aa eoaaeeutncia que el cooGOimieoto de la de· muela eoa&n el reno-Carril Ceotnl ArJtntino. iaterpaHta aate el Jan dtProfiocia, eoneapoode al Joea Nacional dt Sec· t. IYII 3t