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Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 2
ID: fallos_2_1083
Texto del Fallo
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BE JUSTICIA NACIONAL
485
vengan las partes
4 comparendo cl sesto dia no feriado, contado
desde Ja iiltima notificacion, con el fin de nombrar peritos con-
tadores que arreglen
la cuenta de los cargos calificados por de
legitimo abono.
Las costas se pagan por mitad,
6 mas claro,
cada tno paga las suyas y las comunes por mitad.
Juan Palinea.
Las dos partes, Bustos y Manterola, apelaron de esta resolu-
cion para ante la Suprema Corte,
B, José Maria Bombal, apoderado de Bustos, espresando agra-
vios' dlecia:
Corresponde que sea confirmada la sentencia del
inferior en
la parte que declara
4 Manterola responsable
por los datos y
perjuicios causados & mi institwyente por el protesto del pagaré
de 4,000 pesos, capitulo 2° de la senteneia; en la parte contenida
en el capitulo 3° dela misma; y, finalmente, en la contenida en
el capitulo 4°, desde el parrafo que principia: Hsceptuo de esta
regia.
.
.
Pero, debe revoearse ja sentencia
1° En Ja parte
del capitulo 2°, referente 4 los datos y perjui-
cios del jiro completo de 4,000 pesos, y desde Julio de 1861.
2° In la parte del capitulo 3°, referente al pago de los pastos
consumidos por la hacienda durante
!a operacion de herrar,
3° En la parte del capitulo 5°, referente 41a cuenta de las dos
letras perjudicadas por falto de protesto; y
4e [in la parte que no hace lugar 4 oiros cargos relacionados
con los hechos principales de la causa.
In cuanto alas partes de la sentencia cuya confirmacton pido,
me hasta recordar algumos heches del proceso para dejarlas jus-
tificadas.
i] apoderado de Manterola ha confesado que no pudo dar 4
Bustos el completo de los 4,080 pesos que aquel se comprome-
tid 4 facilitarle para que 4 su vez padicra éste cumplir con exac-
lilud sus obligaciones.
Lejos de
entregarle oportunamente aquetla
swma Manterola
protesté el jiro que Bustos
hizo autorizado por él; y son estos