← Volver a resultados

D. Juan 8. Daneri, contra CJ. {'edro C/m:,topltersen, a.gente de

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CIVIL
Tomo 30 ID: fallos_30_102

Voces / Materias

DAÑOS Y PERJUICIOS

Texto del Fallo

too FALLOS DE LA SUPREMA CORTE D. Juan 8. Daneri, contra CJ. {'edro C/m:,topltersen, a.gente de la Com¡Jatila ~ La J'eloce •; sobre daíios y pcrj1ticios . . ~umario.- El apoderado para actos especiales, no está obli- gado á. responder en juicio por otros notos de su mandante. Caso.- D. Juan B. Daneri demandó á D. Pedro Cbristo- phersen por perjuicios procedentes de desembarco y embarco hecho enRio Janeiro de mercancías quo le habían sido espe- didaa desde Génova en el npor JVor(l ;tmérica, alegando que ya babia tenido un juicio con aquel sobre entrega de las mer- caderías, y le demandaba ahora por ser agente del armador. El Sr. Cbristopherscn contestó que él era mandatario del armador solamente para la carga y descarga de las mercaderías, y n6 para otros actos, y por consiguiente, si fué parte en el juicio por entrega de mercaderías, no se creía obligado á serlo en esta demanda de daños y perjuicios procedentes de hechos en que no babia intervenido. r.a1e ... t~••• re••••• Buenos Aires, JuJio 24 de 1885. Vistos estos autos promovidos por D. Juan B. Daneri contra